El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP contra la disposición de la Ley de Igualdad que impone la paridad entre hombres y mujeres en las listas electorales. El PP presentó el pasado 20 de junio un recurso de inconstitucionalidad contra la disposición adicional segunda de la ley, que modifica la Ley de Régimen Electoral General, y que a su juicio supone "una clara restricción de la libre actividad" de los partidos en la formación de candidaturas y altera el sistema electoral español.

En su recurso el PP señala que este precepto viola el derecho a participar en los asuntos públicos a través de representantes libremente elegidos en las elecciones por sufragio universal (artículo 23 de la Constitución). También considera que ese apartado de la Ley vulnera la prohibición de discriminar en razón de sexo (artículo 14), impide el libre ejercicio de los partidos (6) y afecta a la libertad de ideología (16.1). El recurso añade que la norma quiebra, "incluso", la libertad ideológica y de difusión del propio pensamiento por parte de personas o partidos.