La candidata del PP por Barcelona, Cayetana Álvarez de Toledo, ha rechazado debatir en la cárcel con el preso Jordi Sànchez porque cree que no debería ser candidato y le ha recalcado que su presencia en una lista electoral le produce "el mismo rechazo" que si se presentara el excoronel Antonio Tejero.

Sànchez, número uno de la lista de JxCat por Barcelona en las generales, ha propuesto por carta a los carteles electorales de los otros partidos en esta circunscripción que se avengan a celebrar un debate en la prisión, si prospera el permiso que ha solicitado para llevar a cabo este acto.

Mi respuesta al preso Jordi Sánchez con membrete y firma. pic.twitter.com/u4xcHsrZSI Cayetana Alvarez de Toledo (@cayetanaAT) 28 de marzo de 2019

Álvarez de Toledo, una de las destinatarias de esa misiva, ya ha respondido a través de Twitter rechazando la propuesta, pues no está dispuesta a debatir con "una persona procesada por graves delitos contra la democracia".

Compara a Sànchez con Tejero

Ha juzgado que Sànchez, por su situación procesal, "no debería ser candidato" y ha añadido: "Su presencia en las listas electorales me produce el mismo rechazo moral y político que me habría producido la candidatura de Tejero, Milans del Bosch o de cualquiera de los que en 1981 también atentaron contra la democracia".

La candidata ha señalado que va a proponer al PP que impulse un cambio legislativo para que "nunca más un procesado por graves delitos contra la democracia pueda presentarse a unas elecciones de España".

Tras la equiparación con los golpistas del 23-F, Álvarez de Toledo ha finalizado su respuesta asegurando que respeta "la presunción de inocencia" de Sànchez, al que le desea "la mejor de las suertes en los tribunales de justicia".

"No tenga dudas de que, si fuera absuelto o cumpliera su condena, estaría dispuesta a debatir con usted", concluye.

La Secretaría General de Instituciones Penitencias esperará a que la Junta Electoral Central (JEC) se pronuncie sobre la petición para celebrar un debate electoral dentro de la cárcel de Soto del Real (Madrid) que ha solicitado por escrito Jordi Sànchez, candidato de JxCat en las elecciones generales y uno de los políticos presos por su papel como presidente de la ANC durante el 'procés'.

Según explican a Europa Press fuentes penitenciarias, el organismo dependiente del Ministerio del Interior sí está estudiando ya la petición de ERC para celebrar "actos políticos" --no especifica la formación que se refiera a debates electorales-- en las prisiones de Soto del Real y Alcalá-Meco, donde se encuentran internos los líderes del 'procés' juzgados en el Tribunal Supremo.

En el caso de ERC, el escrito fue remitido a la atención del secretario general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz, mientras que Jordi Sànchez lo que ha hecho es dar cuenta al organismo de Interior de la carta que ha enviado a la JEC.

Sànchez ha remitido a su vez otras cartas para que debatan con él en Soto del Real el candidato de ERC, Oriol Junqueras --también en prisión provisional--; el de los comuns, Jaume Asens; la candidata del PSC, Meritxell Batet; la 'popular' Cayetana Álvarez de Toledo; la candidata de Cs, Inés Arrimadas; y el candidato de Front Republicà, Albano-Dante Fachin.

NO HAY PRECEDENTES DE DEBATES EN PRISIÓN

Desde Prisiones se subraya la diferencia entre ambas solicitudes. En el caso de "actos políticos", como pide ERC, existen precedentes con permisos concedidos por parte de la Administración para que los partidos puedan hacer campaña dentro de las cárceles, aunque con límites como que no acceda la prensa ni se altere la seguridad o funcionalidad dentro de prisión.

Se remiten al caso, que expone en su escrito ERC, de Adelante Andalucía. La coalición de IU y Podemos ofreció tres mítines durante la campaña de las últimas elecciones andaluzas dentro de las prisiones, previa autorización de Instituciones Penitenciarias. Por el contrario, las citadas fuentes penitenciarias no tienen constancia de la celebración de debates electorales al uso dentro de las prisiones.

La Orden de Servicio 6/2018 sobre campañas electorales, que ha consultado Europa Press, regula el derecho a sufragio a través del voto por correo para todos los internos, salvo los que estén privados de dicho derecho por sentencia. La abstención suele ser la tónica general de la población reclusa en las diferentes citas electorales.

Los internos pueden tener una "explicación directa y personal" de los diferentes programas electorales, permitiendo la entrada en las cárceles de candidatos y la disposición de un espacio para llevar a cabo la campaña electoral, sin que esto afecte a las visitas y comunicaciones reguladas al margen de los periodos electorales.

DEBE PREVALECER LA SEGURIDAD INTERNA

En la ley penitenciaria no se establece ninguna prohibición expresa para la realización de los actos de campaña, pero precisa: "más allá de las que afecten a las cuestiones de seguridad interior".

La citada Orden de Servicio con fecha de 26 de noviembre de 2018 recoge una serie de exigencias relacionadas con la seguridad interna como que el acto político no altere las actividades regimentales del centro, que dure "en torno a 60 minutos" o que se solicite "al menos con cinco días de antelación" a su celebración.

También prohíbe la entrada de medios de comunicación: "No será posible sin perjuicio de que desde el Gabinete de Prensa de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias pueda informarse de la actividad realizada, respetando siempre la imagen de las personas que asistan al acto". El objetivo, en definitiva, es "no alterar las actividades regimentales del centro".

La dirección de la cárcel está obligada a comunicar la celebración de actos políticos a las Juntas Electorales Provinciales, velando además por que el número de candidatos que entre a los centros penitenciarios no altere la funcionalidad de dicha cárcel. En ningún momento se habla de la posibilidad de que sean candidatos ya en prisión, como puede ser el caso de Jordi Sànchez.

Sobre los derechos electorales de los presos del 'procés' ya se debatió cuando se convocaron las elecciones en diciembre de 2017 en aplicación del artículo 155 de la Constitución. Entonces, el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, instructor del 'procés', denegó el permiso extraordinario de salida de prisión solicitado por Junqueras y Sànchez para asistir a la sesión de investidura del candidato a presidente de la Generalitat que se iba a celebrar en el Parlament.