La Audiencia Nacional ha condenado a 28 años de cárcel al ex dirigente de los GRAPO Fernando Silva Sande por el secuestro en 1995 del empresario Publio Cordón, cuyo paradero se desconoce, y ha absuelto a los miembros de la banda Isabel Llaquet y Manuel Pérez Martínez, acusados de haber ordenado la acción.

La sección tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condena también a Silva Sande, además de a la pena de cárcel, a que indemnice a la esposa e hijos de Cordón con 300.000 euros, en el caso de que se acredite que sigue con vida, o con más de dos millones y medio de euros en el caso de que esté muerto.

En la sentencia hecha pública hoy el tribunal considera que ha quedado acreditada "a través de un dato objetivo e incontestable" la participación de Silva Sande en el secuestro del industrial, como es el reconocimiento "espontáneo y reflejo" que hizo de él en el juicio el yerno de Cordón, identificándole como uno de los secuestradores a los que pagó el rescate.

El tribunal argumenta su decisión en la declaración prestada por Silva Sande tras su detención en noviembre de 2000, donde reconocía los hechos, y señala que es "poco creíble" que en el juicio dijera que lo hizo "para descartar" a otras personas. Además, la sentencia considera "hasta cierto punto absurdo" lo declarado por Silva Sande, porque, cuando fue detenido, los "grapos" Enrique Cuadra, José Ortín y Concepción González ya habían sido condenados por el secuestro de Cordón tras reconocer su participación y la del ahora condenado en el rapto.

El tribunal señala que en la fecha de los hechos Pérez y Llaquet eran secretario general y miembro, respectivamente, del Partido Comunista de España reconstituido (PCEr), que "constituye junto a los GRAPO una única organización terrorista", pero subraya que "no ha quedado acreditado" que "ordenaran" el secuestro, "ni puede desprenderse sin más" de su condición de militantes del PCEr.

La sentencia considera probado que en la primavera de 1995 Silva Sande, Cuadra, Ortín y González planearon el secuestro y repartieron los distintos "roles necesarios" de cada uno en la acción. González alquiló un piso en Zaragoza al que se incorporaron los otros tres grapos y realizaron labores de vigilancia y recogida de información sobre las costumbres del industrial y adquirieron dos vehículos para el rapto.

El 27 de junio de 1995, siguiendo su costumbre, Cordón, en compañía de sus tres perros, salió a practicar "footing" cerca de su domicilio y entre las 07.15 y las 08.20 horas fue abordado por Ortín y Silva Sande, mientras Cuadra les esperaba en la furgoneta en la que lo introdujeron, y con la que se fueron hasta un polígono industrial donde cambiaron de vehículo. Desde allí, se dirigieron a un lugar que podría ser Toulouse (Francia), donde Silva Sande custodió al detenido.

A partir de ese momento, continúa la sentencia, los GRAPO reivindicaron el secuestro y comenzaron la negociación con la familia de Cordón, y finalmente fijaron el rescate en 400 millones de pesetas (2.404.048,40 euros) y acordaron hacer la entrega en París.

El 8 de agosto de 1995 una hija del empresario y su marido se desplazaron hasta París y contactaron con Cuadra y Silva Sande, quienes, "después de impartir diversas instrucciones" para comprobar que no les seguían, se acercaron a ellos y se apoderaron del dinero. Tras ello se acordó la liberación del empresario el 17 de agosto cerca del antiguo estadio Sarriá de Barcelona, pero "lo cierto es que no consta que la misma se haya producido", y ante esa incertidumbre la familia escribió dos cartas a los GRAPO "exigiéndoles el cumplimiento de los compromisos adquiridos", misivas halladas en el piso de los hoy absueltos Pérez y Llaquet.