Sentido común. La Audiencia Nacional absolvió ayer a 10 de los 14 islamistas implicados en la operación Tigris tras anular, por ilegal y contraria a la Constitución, la intervención de los correos electrónicos acordada por los jueces Baltasar Garzón y Fernando Grande-Marlaska. El tribunal también critica la actuación de la fiscala Dolores Delgado. Los magistrados recuerdan que la policía comenzó a investigar estos hechos en el 2003. Y que localizó una casa en Santa Coloma de Gramenet (Barcelona) que se utilizaba para dar "alojamiento temporal" a musulmanes. La vivienda estuvo vigilada durante todo el 2004 y hasta junio del 2005.

En el inmueble "hacían su vida cotidiana" una docena de personas "fuertemente ideologizadas" que dieron alojamiento y apoyo a cinco de los huidos tras la matanza del 11-M en Madrid.

Según el fallo, el apoyo que prestaron a los fugados no fue solo ideológico o moral, sino que también consistió en darles cobijo y asistencia económica para que se trasladaran a Irak, donde se suicidaron. Los jueces sitúan en el "epicentro" de este grupo a dos de los condenados, Samir Tahtah y Kamal Ahbar, y a un imputado en el 11-M, Mohamed Larbi Ben Sellem.

El tribunal considera que los tres "tenían una posición activa" en el grupo sin reparar en los medios para luchar contra los "enemigos del islam". Además, esta red también trató de convencer a otras personas "para luchar hasta la muerte en defensa del islam y los musulmanes", aunque los magistrados solo han podido acreditar la cobertura que ofrecieron a los huidos tras el 11-M. Por ello, afirman que los condenados integraron una organización terrorista. El tribunal llega a estas conclusiones pese a declarar nulas las intervenciones de los correos electrónicos que se remitieron los acusados.

Los jueces son extremadamente duros con estas decisiones acordadas por Garzón, que mientras estuvo en EEUU (desde marzo del 2005 y hasta junio del 2006) fue sustituido por su colega Fernando Grande-Marlaska.

RECRIMINACIONES Los magistrados recriminan a ambos que restringieron derechos fundamentales en una providencia y no en un auto judicial. El tribunal considera que las intervenciones de los correos electrónicos "no solo son ilegales, sino también contrarias a la Constitución", y las declara nulas, pues se han vulnerado derechos fundamentales de los acusados.