La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha dado por buenas las medidas cuatelares impuestas por el juez Diego de Egea a la activista de los Comités de Defensa de la República (CDR) Tamara Carrasco, detenida en abril por las protestas de Semana Santa. La fiscalía recurrió porque quería que ingresara en prisión al entender que los delitos que cometió serían constitutivos de terrorismo o de rebelión.

El juez De Egea, sin embargo, consideró que los hechos que se produjeron tras el arresto en Alemania de Carles Puigdemont son constitutivos, al menos en ese momento, simplemente de desórdenes públicos. Por ello le impuso comparecencias semanales y la prohibición de salir de la localidad en la que residen, Viladecans, salvo que tenga que hacerlo para ir al trabajo y siempre contando con su autorización.

El teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Miguel Ángel Carballo, recurrió para que la Sala decretara el ingreso en prisión incondicional de Carrasco apelando a los "graves delitos cometidos con finalidad de rebelión". La Sala, que de momento no se ha pronunciado sobre la calificación definitiva que pudieran revestir los hechos, ya que aún no se ha completado la instrucción, considera que la joven tiene trabajo, domicilio conocido y "no consta que disponga ni de medios ni de contactos internacionales idóneos para escapar de la acción de la justicia".

La Sección Segunda reproduce el atestado policial en el que se incluye el audio que se atribuye a Carrasco en el que se refiere a cortes de autopistas y sabotajes vertiendo aceite en la autopista y varas de paja, a las que prenderían fuego. También hablaba, aunque eso admitía no tenerlo claro, de planes para sabotear las vías del tren.

DE MOMENTO, NO ILEGALIZADA

El magistrado explicaba en su auto de medidas que "no existen pruebas de la pertenencia a organización criminal y menos terrorista, en los requisitos exigidos por la tipificación de ese delito". Además, tenía en cuenta de que en el registro que se realizó en su domicilio no se halló ningún documento amenazador, ni fotografías ni proyectos de ataque.

En cuanto al audio señalaba que con él se podía deducir su pertenencia a "una organización política independiente (CDR), de momento no ilegalizada y que consta el prellamamiento o actos preparatorios de una movilización popular posiblemente violenta, con actos de propaganda política para la concienciación popular de los fines políticos, en la actualidad no ilegalizados".