Los cinco magistrados de la Audiencia Nacional que apoyan la apertura de las fosas de la guerra civil acusan a los 10 colegas que acordaron paralizar las exhumaciones de haber adoptado "una resolución procesalmente incorrecta". También critican la postura del fiscal, que ha optado por evitar el debate jurídico con Baltasar Garzón y dirigirse en exclusiva al pleno de la sala penal.

La batalla legal que el fiscal jefe, Javier Zaragoza, mantiene con Baltasar Garzón y el sustituto de este por baja médica, Santiago Pedraz, se ha trasladado al pleno de la sala penal. Diez magistrados decidieron el pasado viernes frenar la exhumaciones de las fosas de la guerra civil hasta que resuelvan el incidente de competencia planteado por el fiscal contra la decisión de Garzón de declararse competente para investigar los crímenes cometidos durante la contienda y el franquismo.

El pleno de la sala penal se reunió el viernes en una sesión urgente tras recibir un escrito del fiscal en el que reclamaba el cese de los trabajos de identificación de los desaparecidos. Garzón había delegado estas labores en los jueces territoriales y el fiscal no había manifestado ninguna pega, ya que no había recurrido las decisiones del juez.

Por ello, los jueces discrepantes cuestionan que el fiscal se haya saltado el recurso. "Los autos"--explican-- "solo pueden ser impugnados mediante los recursos de reforma y de apelación". Y afirman que la cuestión de competencia planteada por el fiscal "no es un recurso".

Además, estos magistrados critican que la decisión de sus colegas se haya tomado "al margen del procedimiento y sin audiencia de las partes", ya que consideran que los familiares de las víctimas tienen derecho a ser oídos. También alegan que los tribunales solo están facultados para corregir a los jueces "en virtud de los recursos que las leyes establezcan". Por este motivo, concluyen que "la sala debió haberse limitado a decir que no cabía atender a lo pedido".

LOS ALEGATOS Pero los 10 jueces, que han frenado la exhumación de las fosas, no entran en estas disquisiciones y se limitan a realizar una interpretación estricta del artículo 22 de la ley de enjuiciamiento criminal, que obliga a los jueces a practicar solo las diligencias que consideran necesarias para aclarar el delito cuando se ha cuestionado su competencia. Por ello, no analizan si el fiscal podía o no realizar esta petición. La sala penal se volverá a reunir cuando Garzón se reincorpore.