La quema de la bandera es un delito recogido en el Código Penal (art. 543): "Las ofensas o ultrajes de palabra, por escrito o de hecho a España (...) o a sus símbolos o emblemas, efectuados con publicidad, se castigarán con la pena de multa de siete a 12 meses".

El Código Penal registra como delito el apoyo al terrorismo (art. 578): "El enaltecimiento (...) de delitos (terroristas) o de quienes hayan participado en su ejecución (...) se castigará con la pena de prisión de uno a dos años".