Iñaki Urdangarín ha logrado que un juez que pueda salir de la cárcel dos días a la semana para hacer de voluntario. El que fuera su socio, Diego Torres, también condenado por el caso Nóos lleva intentando desde hace meses que se le aplique un régimen penitenciario más flexible que le permita abandonar la prisión de Brians 2 (Sant Esteve de Sesrovires), donde está cumpliendo la pena impuesta. Ante el silencio de las autoridades penitenciarias, su abogado, Manuel González Peeters, ha presentado ahora tres escritos a distintos organismos, entre ellos a la Generalitat, en los que solicita que se le aplique el mismo trato que al exdiputado de CiU, Oriol Pujol Ferrusola, al que la junta de tratamiento de la cárcel donde estaba ingresado autorizó en mayo pasado a salir diariamente del centro penitenciario para trabajar y ejercer de voluntario.

Torres insta a que se le aplique el artículo 100. 2 del régimen penitenciario que permite la flexibilización de los diferentes regímenes de vida para adaptarlas a las circunstancias del interno, el mismo precepto, recuerda el escrito de su abogado y al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, que permitió a Oriol Pujol salir de la prisión. En el caso de que las autoridades penitenciarias rechacen esta propuesta, el letrado plantea que se le otorgue la medida recogida en otro artículo de esta normativa (el 117) y que permite al preso que presente un perfil de baja peligrosidad social y no ofrezca riesgos de fuga, acudir regularmente a una institución exterior para realizar un programa de atención especializada. Esa salida de la cárcel no puede exceder de ocho horas y el programa del que forme requerirá la autorización del juez de vigilancia penitenciaria.

Los escritos recuerdan que Iñaki Urdangarín, al que se le ha concedido la posibilidad de salir de la cárcel, fue condenado a cinco años y diez meses de cárcel malversación de fondos por el caso Noos. A Torres se le impuso una pena ligeramente menor: cinco años y ocho meses y cumpliría la cuarta parte de la condena en noviembre del 2019.

REQUISITOS Y CONDUCTA INTACHABLE

El abogado de este último detalla que Torres cumple con los requisitos para otorgarle la flexibilidad de la ejecución de la pena, pues ha realizado en la cárcel diversos programas, cursos y actividades. Además, cuenta con informes positivos de la prisión, su comportamiento en el centro es intachable, es un delincuente primario que no ha cometido ningún otro delito, tiene una oferta de trabajo y está dispuesto a hacer de voluntario para atender a personas desfavorecidas. Por otra parte, la responsabilidad civil derivada del caso Nóss está saldada y finiquitada. Torra puso a disposición del juzgado en el 2013 la totalidad de su bienes.

En sus escritos, el abogado subraya que el trato desigual y arbitrario que está padeciendo Torres es, en el mejor de los escenarios, incompatible con el derecho a la igualdad ante la ley que consagra la Constitución, y en el peor de los supuestos, de todo punto abominable, a la par que execrable, contrario al principio de seguridad jurídica.