Para la Fiscalía Superior de Cataluña la intervención de los Mossos d'Esquadra el 27 de mayo pasado contra los indignados acampados en la plaza de Cataluña fue «desmesurada y desproporcionada», aunque, por ahora, no existen pruebas ni indicios que permitan dirigir una acción penal contra el conseller de Interior, Felip Puig. Este es el dictamen remitido por la fiscalía al Tribunal Superior de Justícia de Cataluña (TSJC) en julio, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO. El alto tribunal catalán ha acogido esta tesis y ha decidido remitir a los juzgados ordinarios al menos 20 denuncias presentadas contra el máximo responsable de la policía autonómica.

A las siete de la mañana del 27 de mayo empezó una operación que, según Interior, estaba destinada a limpiar de objetos contundentes y peligrosos el campamento que los indignados habían levantado en la plaza de Cataluña. Pero la intervención policial, que a juicio de los indignados era un desalojo encubierto, desembocó en duras cargas de los agentes contra los miembros del 15- M acampados en el céntrico espacio y otros que se sumaron. A las siete de la tarde, 12 horas después, las carpas volvían a estar en pie y miles de ciudadanos salieron a la calle para protestar contra la operación. El saldo fue de más de 120 indignados heridos y 37 agentes contusionados.

ORDEN DIRECTA

Un grupo de afectados presentaron denuncias. Algunos solo contra los Mossos y otros contra Puig, al que acusaban de haber dado la orden que motivó la intervención policial. La fiscalía sostiene en su escrito que la actuación del conseller, en principio, entra dentro del ámbito de sus competencias, y que las denuncias no aportan «principio de prueba alguno que permita afirmar» su implicación en la «forma desmesurada y desproporcionada con que se llevó a cabo la ejecución de la orden». Por eso, la fiscalía solicitó al TSJC que remitiera las actuaciones a los juzgados ordinarios para proceder a las diligencias necesarias para investigar los hechos.

El TSJC ha aceptado los argumentos de la fiscalía y ha decidido remitir las actuaciones a los juzgados barceloneses. El auto destaca que, habida cuenta de que se atribuyen al conseller de Interior una serie de actos delictivos que, supuestamente, se cometieron a través de los Mossos d'Esquadra, en las denuncias presentadas deberían existir indicios de los actos concretos de Puig que provocaron esta intervención. Y eso, según el alto tribunal, no se produce. No basta, a su entender, con una imputación personal, sin datos o circunstancia que la corroboren, a un aforado (Puig lo es), sino que «se requieren indicios fundados de responsabilidad contra él». Y en estos supuestos, no se han aportado.

SIN INDICIOS

Los magistrados sostienen que, como alega el fiscal, no se aprecian «incidios fundados de responsabilidad» en relación con el conseller, ni siquiera como inductor de posibles excesos en la operación policial en la plaza de Cataluña. «La realidad es que la imputación realizada carece de soporte fáctico, pues ser el vértice de la organización policial no determina responsabilidades de orden jurídico penal», destaca la resolución judicial.

Por lo tanto, serán los juzgados ordinarios los que investiguen, aunque se encontrarán con dificultades para identificar a los agentes que intervinieron en cada una de las acciones que se vivieron en la plaza de Cataluña. Los agentes, además, actuaron sin su identificación visible.