La fiscalía ha pedido a la sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) que archive la causa abierta contra Angel Luna, portavoz de los socialistas valencianos en el Parlamento autonómico, por un presunto delito de cohecho. Entiende que no se puede entrar a valorar si hubo o no delito porque, dadas las fechas en que tuvieron lugar los hechos --la remodelación de un apartamento propiedad de su esposa--, el hipotético delito habría prescrito.

El lunes pasado, Luna declaró por las obras realizadas en la casa de su esposa en 1998, a raíz de una querella presentada por el PP valenciano. Los populares sostienen que el empresario Enrique Ortiz, relacionado con la trama Gürtel , se hizo cargo de esa obra en pago por un presunto trato de favor en las adjudicaciones públicas durante la época en que el socialista fue alcalde de la ciudad de Alicante, entre 1991 y 1995. Luna no aportó facturas de la remodelación, pero dijo que había explicado cómo se pagó.

Hace unos días, cuando la petición del archivo del caso era un rumor, el PP criticó a la fiscalía y remitió un escrito al fiscal superior, Ricard Cabedo, en el que le instaba a seguir con la causa y a ampliar las diligencias llamando a declarar, entre otros, a la mujer de Luna y a Ortiz. No obstante, el portavoz popular en las Cortes, Rafael Blasco, expresó ayer su "respeto" por las decisiones de la justicia tras conocer la petición del archivo.

QUERELLA RECURRIDA Además del asunto de las obras, Luna tiene pendiente otra querella del PP, que le acusa de un delito de revelación de secreto por exhibir un informe del caso Gürtel en una de sus intervenciones en las Cortes Valencianas. Sin embargo, y a diferencia de lo que hizo con la acusación por la reforma del piso, en esta ocasión el portavoz socialista sí ha solicitado que la querella no sea admitida a trámite. Por dos razones. La primera es que --según él-- está amparado por la "inviolabilidad" que la Constitución reconoce a diputados y senadores en su "actividad parlamentaria".

La otra es que el Código Penal castiga la revelación de secretos que los jueces o fiscales no deseen que otros conozcan "para preservar el éxito de la investigación". Pero dice Luna que el contenido del informe era "un secreto a voces" por haber sido publicado en diversos medios de comunicación y que el éxito de la investigación no dependía de que él mostrase el documento.

"Cuando secreto y notoriedad vengan de la mano, el primero deja de serlo por conversión en lo segundo", afirma en su recurso. Y resume: "No existiendo secreto, no existe delito". Por todo ello, solicita que el tribunal se declare incompetente o que, en su defecto, acuerde "el sobreseimiento libre" del caso.