Las cartas boca arriba. El fiscal jefe, Javier Zaragoza, y el juez Baltasar Garzón han entablado un duelo procesal que dirimirá el pleno de la sala penal de la Audiencia Nacional. La fiscalía ha recurrido a una vía inédita para apartar cuanto antes a Garzón de la causa que instruye sobre las desapariciones del franquismo. Y el juez ha intentado evitar la intervención de sus superiores al negarse a tramitar otro recurso presentado por el fiscal. Este galimatías judicial tiene su respuesta en el derecho procesal, que rige la vida de las causas judiciales. Normalmente, las disputas entre jueces y fiscales se plantean sobre el fondo de los procesos, pero, en esta ocasión, la pugna llega hasta los recursos que pueden presentarse a las resoluciones judiciales.

El juez Garzón se declaró competente para investigar los crímenes de la dictadura de Franco en el marco del procedimiento abreviado, al adoptar la decisión en unas diligencias previas. En este caso, la resolución debe ser recurrida por la fiscalía en reforma ante el mismo juez o en apelación directa ante la sala. Zaragoza acudió a la apelación directa el lunes para intentar apartar a Garzón de la instrucción. Sin embargo, la ley no deja indefenso al juez instructor y le permite decidir cómo se tramita el recurso del fiscal. El juez puede negarse a que la discrepancia jurídica la resuelvan sus superiores antes de que él se pronuncie, sobre todo si ha transformado las diligencias previas en sumario, como es el caso. El magistrado defendió ayer sus actos procesales y, en un escrito, explica que "el derecho fundamental a un proceso con todas las garantías comprende el derecho que tienen las partes a utilizar los instrumentos procesales y, especialmente, el derecho a recurrir". Unos alegatos con los que el fiscal ya contaba, hasta el punto de que el martes invocó ante la sala el artículo 23 de la ley de enjuiciamiento criminal, que le faculta, en los sumarios, a acudir a sus superiores para que examinen si el juez es competente para instruir un proceso. Zaragoza no esperó a conocer la respuesta de su amigo antes de utilizar una vía nunca empleada antes en la Audiencia Nacional. El pleno de la sala penal, que preside Javier Gómez Bermúdez, se reunió ayer y aceptó tramitar la segunda iniciativa del fiscal. Concedió un plazo de cinco días al juez y al resto de las partes, 15 acusaciones populares y particulares, para que presenten sus alegaciones. Este plazo, que vence el martes, se prolongará previsiblemente porque Garzón estará de baja médica desde el lunes por un proceso quirúrgico.

A estas incidencias procesales se añade la intención del fiscal de cerrar la causa abierta por Garzón al franquismo en el plazo más breve. Por ello, tras el atajo que ha invocado, reitera que está obligado a usar esta vía por "la falta de competencia objetiva y funcional del juez". Zaragoza reitera sus argumentos contra el proceso en el escrito en el que plantea el artículo 23. Garzón no puede instruir una causa general contra el franquismo porque los delitos han prescrito o están amnistiados, explica.

EL TRASFONDO El juez, por su parte, no defiende su tesis jurídica en el auto en el que rechaza tramitar la apelación directa del fiscal. Por contra, habla del derecho de las víctimas a ser oídas en un recurso de reforma que él debería haber resuelto.

A este pandemonio judicial hay que añadir las relaciones personales. Zaragoza y Garzón han compartido trabajo y amistad en los últimos 20 años de su vida profesional. Ahora, todo está en el aire hasta que alguien salga vencedor.