La Fiscalía de Barcelona ha vuelto a pedir la expulsión del ayuntamiento de la capital del proceso judicial, en el que ejerce la acusación popular, por las cargas policiales durante el referéndum unilateral del 1-O. El ministerio público se ha adherido al recurso presentado por la Abogacía del Estado ante la Audiencia de Barcelona contra el auto del juez instructor que denegó la petición de apartar del caso al consistorio barcelonés.

Los fiscales Diego Villafañe y José Luis García exponen en su escrito, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, la falta de legitimación del Ayuntamiento de Barcelona para ejercer la acusación popular, al entender que "no existe ningún precepto legal" que le habilite para ello y al no ser "ni ofendido ni perjudicado por los hechos denunciados". Argumentan también que no son de recibo los preceptos de la carta municipal esgrimidos por el consistorio y por el juez, entre ellos la competencia de la autoridad municipal para la "protección, preservación y promoción de los valores simbólicos, el prestigio y la buena reputación asociados a la denominación Barcelona". En este sentido, la fiscalía sostiene que "no son sino unos meros principios generales" y "programáticos" que "no integran la habilitación constitucional, legal y jurisprudencia requerida para el ejercicio de la acusación popular en un proceso penal".

SOSPECHA "INFUNDADA" Y "TEMERARIA"

En opinión de la fiscalía, si se aceptara esta premisa, la administración municipal podría personarse en todo tipo de procedimientos en "persecución de cualquier delito público cometido" en la ciudad, y que considere que puede afectar al prestigio y a la buena reputación de Barcelona, para cuyo menester "el ordenamiento jurídico" prevé a la fiscalía como defensa de los intereses generales. El escrito subraya que es "infundada", "irreal" y "absolutamente temeraria" la afirmación de que el ministerio público "no tiene el mismo interés que el ayuntamiento en perseguir conductas delictivas".

La fiscalía tampoco entiende que puedan aplicarse otros preceptos de la carta municipal, como la obligación del ayuntamiento de velar por que en la ciudad no se produzcan conductas discriminatorias por razón de raza, religión, color o sexo; ni el que recoge que debe garantizar la protección física de las personas y bienes "en situación de grave riesgo colectivo, calamidad pública o catástrofe extraordinaria" en que "la seguridad y la vida" de la gente "pueda peligrar o sucumbir masivamente". Según los fiscales, nada de eso ocurrió el 1-O.