La Fiscalía se ha opuesto a un nuevo permiso de seis días que la junta de tratamiento de la cárcel de Lledoners ha concedido al líder de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, al considerar que es "prematuro" e "injustificado" porque no se muestra arrepentido de los hechos por los que fue condenado.

En un escrito remitido al juzgado de vigilancia penitenciaria, el ministerio público pide que se revoque ese nuevo permiso de seis días, que Cuixart todavía no ha disfrutado puesto que todas las salidas de prisión quedaron suspendidas a raíz del estado de alarma.

Hasta ahora, el juzgado de vigilancia penitenciaria ha avalado tanto los permisos que la junta de tratamiento de la cárcel de Lledoners ha autorizado a Cuixart, como las salidas para trabajar que se le concedieron mediante la aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario.

En su escrito, el fiscal sostiene que no procede la concesión de este permiso por ser "prematuro", dado el "escaso tiempo de cumplimiento" con relación a la pena impuesta, y porque es "injustificado" debido a la "falta de asunción" de los hechos delictivos por parte del líder de Òmnium.

El ministerio público aduce ante el juzgado la "ausencia de arrepentimiento" por parte del líder independentista, y concluye que ese nuevo permiso resulta "improcedente" porque no ha seguido programas de tratamiento específicos para el delito de sedición por el que fue condenado.

En cuanto al primero de los motivos, que es "prematuro", la Fiscalía esgrime en su escrito que es "mucho el tiempo" que resta para alcanzar las tres cuartas partes de la condena y que la propuesta favorable de la junta de tratamiento de Lledoners se realizó solo dos meses después de que el presidente de Òmnium hubiese cumplido la cuarta parte de la misma.

"Sanción efectiva"

Además, razona que cuando se trata de delitos graves como el de sedición por el que fue condenado Cuixart, la pena de prisión "ha de identificarse por el conjunto social y por el afectado como una sanción efectiva", por lo que la concesión de permisos penitenciarios "excesivamente anticipados hacen ilusoria la finalidad de prevención especial o retributiva que la pena cumple".

Respecto a que este permiso es "injustificado", criterio que se vincula al reconocimiento del delito, la fiscalía resalta que el interno manifestó en el ejercicio del derecho a la última palabra durante el juicio en el Tribunal Supremo que volvería a hacer lo que hizo, y que no se arrepiente de sus actos.

"En relación con el delito no hay una verdadera asunción delictiva, siendo tal aspecto de imprescindible cumplimiento para poder disfrutar de cualquier tipo de permiso, considerando el interno simplemente que con su actuación se ocasionaron algunas conductas inadecuadas (...) sin comprender que en un Estado democrático y de derecho, la realización de sus legítimas aspiraciones políticas, sólo puede llevarse a cabo a través de los cauces legales", señala el fiscal.

Por último, la fiscalía entiende que este permiso es "improcedente", ya que no consta la realización de programas de tratamiento adecuados para "la conducta delictiva señalada que permitan entender que ya se encuentra reeducado para poder ir reinsertándose con normalidad en la sociedad mediante el disfrute de permisos".