La Fiscalía Superior de Justícia de Catalunya ha descartado finalmente acusar al expresidente de la Generalitat Artur Mas, a la exvicepresidenta Joana Ortega y a la 'exconsellera' d'Ensenyament Irene Rigau de un delito de malversación de fondos públicos, en contra de lo que exponía en la querella inicial, por la celebración de la consulta del 9-N. Así lo expone en el escrito de contestación de los recursos presentados hace unos días por los tres imputados contra el auto por el que el juez instructor que daba por finalizada la investigación.

Ante este planteamiento, los fiscales Francisco Bañeres y Emilio Sánchez Ulled han decidido renunciar a la posibilidad de reclamar una pena de prisión, pues los otros delitos que, según la acusación pública, cometieron Mas, Ortega y Rigau, en concreto ladesobediencia y la prevarciación, están castigados con penas deinhabilitación. La fiscalía mantiene que los tres imputados desobedecieron la resolución del Tribunal Constitucional del 4 de noviembre del 2014 que prohibía la consulta alternativa al impulsar la votación soberanista que se celebró días después.

Los fiscales consideran que los imputados no han cometido el delito de malversación porque la contratación de todos los servicios relacionados con la organización y el desarrollo del 9-N fueron "comprometidos" con anterioridad a la suspensión dictada por el Constitucional (aunque existen ciertas dudas respecto a las fechas en cuanto al alquiler del Pavelló de Montjuïc), sin perjuicio de que algunos de estos servicios se pagaran después. Por lo tanto, dicho "compromiso sería lícito en ese momento".

POSIBLES RECLAMACIONES

La acusación pública reconoce que "debería haberse suspendido la ejecución o utilización" de esos servicios, pero matiza que dejar de "pagar lo legalmente comprometido es algo distinto" y habría conducido "a las reclamaciones de los contratistas". Es por ello, incide el fiscal, que de acuerdo con la redacción del Código Penal vigente en el momento de los hechos y el "resultado de la investigación", ha generado "un margen de duda en cuanto a la efectiva concurrencia de todos los elementos típicos del delito de malversación de caudales públicos". De esta manera, la fiscalía desecha acusar por este delito.