El Gobierno ha aprobado hoy la puesta en marcha del último tramo del plan de pago a proveedores de comunidades autónomas para que así estos territorios abonen sus deudas antes de fin de año.

Para ello, antes del 23 de octubre la comunidad deberá enviar por vía telemática y con firma electrónica al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas una relación certificada en la que figuren las obligaciones pendientes de pago.

Esta decisión de la comisión delegada de asuntos económicos del Gobierno en su habitual reunión de los jueves se enmarca en el real decreto del pasado 28 de junio de medidas urgentes contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros.

Con ella se permitirá normalizar los pagos pendientes y reducir la deuda comercial acumulada, atendiendo a los proveedores no cubiertos en el primer tramo, que se inició en junio, y que dio prioridad al pago de servicios básicos sanitarios, educativos, sociales, convenios, transferencias al tercer sector y subvenciones de I+D, así como proveedores de entidades locales.

Se cubren así además estas obligaciones antes de la entrada en vigor de la nueva ley orgánica de control de deuda comercial, que está en trámite parlamentario, y que establecerá distintas fases para cumplir con la exigencia legal del pago en 30 días con carácter progresivo.

Al igual que en las operaciones anteriores de pago a proveedores la adhesión está sujeta a la aprobación de un plan de ajuste o revisión del existente que garantice la eficiencia, eficacia y racionalización del gasto, de manera que permita la sostenibilidad financiera de las cuentas de la comunidad solicitante.

Una vez que reciba las solicitudes de las comunidades que deseen adherirse, Hacienda las revisará y subsanará los errores detectados antes del 28 de octubre.

Desde el día siguiente hasta el 14 de noviembre los proveedores podrán consultar esta relación y aceptar, en su caso, el pago de la deuda a través de este mecanismo.

Hasta el 15 de noviembre los proveedores no incluidos en la relación inicial podrán solicitar a la comunidad deudora la emisión de un certificado individual de reconocimiento de la existencia de obligaciones pendientes de pago, que deberá expedirse en diez días hábiles.

En el caso de que no se hubiera contestado la solicitud en plazo se entenderá rechazada.

Una vez recibida la relación completa certificada de las facturas aceptadas por proveedores, Hacienda comprobará la adecuación de la cuantía de las obligaciones registradas en 2013 a la revisión del objetivo de estabilidad presupuestaria establecido y, en su caso, se aplicará como criterio de prioridad de pago la obligación pendiente de pago más antigua.