El Gobierno solicitó hoy al Tribunal Constitucional (TC) que desestime el recurso de Acción Nacionalista Vasca (ANV) contra la decisión del Tribunal Supremo de anular 133 de sus listas al estimar que éste hizo una aplicación "proporcionada y razonable" de la restricción del derecho de participación política.

Así se pronuncia la Abogacía del Estado en el escrito de alegaciones presentado en el TC minutos antes de las 14:00 horas, en el que sostiene que el Supremo se limitó a impedir, en los casos en los que ha quedado acreditado, que candidaturas de ANV sucesoras de Batasuna defrauden la ilegalización de esta formación.

Los servicios jurídicos del Estado señalan también que todos los indicios -objetivos y subjetivos- utilizados por el Tribunal Supremo para apreciar la relación de sucesión entre las candidaturas de ANV impugnadas y Batasuna están reconocidos y aceptados por la jurisprudencia constitucional.

El Abogado del Estado sostiene que el TS no realizó una mera comparación mecánica de nombres entre las listas antiguas -ilegalizadas en ocasiones anteriores- y las nuevas, sino que intervino "la confluencia de un conjunto más amplio de factores probatorios y dentro de ellos se han tenido también en cuenta factores objetivos".

El escrito recuerda que el Supremo concluyó que "los datos objetivos expuestos revelan de forma inequívoca y manifiesta que el proceso de conformación de las candidaturas electorales de ANV que nos ocupan ha sido gestado y dirigido en todo momento por miembros relevantes de la extinta Batasuna como mecanismo de sucesión" de los partidos ilegalizados.

Además, señala que "lo que no cabe aceptar de ninguna manera es que, como pretende la demanda de amparo, el estándar de conexión subjetiva aplicado a un partido sucesor o continuador deba ser más exigente que el aplicado a las agrupaciones electorales".

"Y -agrega- menos aún cuando esta tesis pretende respaldarse con una apelación a la historia de ANV o a la fecha de su inscripción. No es la historia ni la fecha de la inscripción sino la realidad actual, la actividad política de presente, lo que debe ser valorado, como, en efecto, hace el TS".

En un comunicado el Ministerio de Justicia indica que el escrito del servicio jurídico del Estado se basa, entre otras cuestiones, en que el auto de la "sala del 61" del TS "ha establecido el cauce procesal pertinente para resolver con toda inmediatez y sin merma de las garantías procesales de ANV el recurso planteado por la Abogacía del Estado".

El escrito también explica que dicha sala especial "es el único juez legalmente predeterminado para resolver en ejecución de sentencia si un partido es utilizado para continuar o suceder la actividad de otro declarado ilegal y disuelto por sentencia de la propia Sala".

"La improcedencia de continuar la actividad política de los partidos disueltos por parte de ANV sólo podía llevarse a cabo mediante la anulación de unos actos administrativos de proclamación que actuaban como cobertura de una actividad continuadora prohibida", indica el texto, que añade que "la invalidación de tales actos era necesaria para evitar el fraude y preservar la fuerza jurídica de los pronunciamientos de la sentencia de disolución".

Además, indica que el auto del TS discurre en el marco de la jurisprudencia del TC "al constatar la inexistencia de una condena del terrorismo, el cual no es lamentablemente una mera abstracción, sino una realidad concreta, perfectamente definida, ante la que no tiene el mismo valor significativo la condena genérica de la vulneración de los derechos civiles y políticos de cualquiera, que es la única a la que se refiere" la parte recurrente.

Argumentos de la Fiscalía

La Fiscalía solicitó hoy al Tribunal Supremo que desestime el recurso de amparo interpuesto por Acción Nacionalista Vasca (ANV) contra la decisión del Tribunal Supremo de anular 133 de sus candidaturas, por entender que este órgano "no ha lesionado ningún derecho fundamental".

En su escrito de alegaciones, de 39 páginas, el Ministerio Público alega asimismo que en el proceso seguido por el Supremo quedó acreditado que las listas anuladas son una continuación de formaciones políticas ilegalizadas, en referencia a HB-EH-Batasuna.

La Fiscalía, insiste, por otra parte, en que el Constitucional debe pronunciarse sobre el recurso de ANV antes de la próxima medianoche, momento en el que dará comienzo la campaña electoral, "con el fin de salvaguardar sus derechos fundamentales".