El Consejo de Ministros aprobó hoy un real decreto para mejorar la calidad de la actividad sanitaria realizada por los servicios de prevención de riesgos laborales y para homogeneizarla en todo el territorio nacional. Según explican los ministerios de Trabajo y Sanidad en un comunicado conjunto, esos dos son los principales objetivos de la reforma. Así, se establecen unos requisitos mínimos que deberán cumplir los servicios sanitarios de los servicios de prevención de riesgos laborales para poder ser autorizados y se corrigen prácticas inadecuadas como la realización de exámenes de salud no relacionados con el riesgo laboral. Además, se indica que las actividades de promoción de la salud y de vigilancia epidemiológica en el lugar de trabajo deberán realizarse de forma coordinada con las autoridades sanitarias. La norma también refuerza la figura del médico especialista en medicina del trabajo, ya que se establece que el servicio sanitario del servicio de prevención de riesgos laborales deberá contar con un especialista en la materia como director técnico. Asimismo, se precisa la cualificación y número de profesionales sanitarios requeridos para el ejercicio de la actividad sanitaria en función de los trabajadores tutelados, a los riesgos existentes y a las funciones que vayan a desarrollar. El texto establece que hasta 2.000 trabajadores se exigirá una Unidad Básica compuesta por un médico del trabajo o de empresa y un enfermero de empresa o del trabajo. Estos criterios mínimos deben ser asumidos y exigidos por todas las comunidades autónomas. En relación a los recursos materiales y equipamiento, se indica que el servicio sanitario contará con equipos y materiales adecuados para realizar la vigilancia de la salud de los trabajadores en función de los riesgos derivados del trabajo de la empresa. De igual manera dispondrán de equipos y material de archivo para garantizar la confidencialidad de los datos de acuerdo a la normativa de protección de datos personales. Para el seguimiento, control y calidad de sus actuaciones el texto prevé que el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad deberá elaborar una guía básica y general de orientación de las actividades de vigilancia de la salud.