Se pasó de la raya. Iñaki de Juana Chaos, exdirigente del comando Madrid , pensaba que era intocable en la cárcel. Durante los 18 años que ha pasado en prisión, se ha dedicado a marcar objetivos a ETA y a amenazar a jueces y funcionarios de prisiones. El etarra les transmitía el mismo mensaje: "Tu nombre está en una lista de la que no se sale hasta que te dan".

El etarra mandó una carta a un juez, cuyo nombre no ha trascendido, en julio de 1992 en la que le decía: "Como a usted no le preocupa la situación de los presos, no veo porque a mí me va a preocupar la suya. Así pues, le comunicó que sus datos personales están en poder del aparato de información de ETA con el añadido de ejecutarle".

LA LISTA De Juana Chaos le informaba de que no sabía cuándo se podía producir la ejecución, pero le advertía: "Cuando se está en una lista ya no sales hasta que se te elimina". Este mensaje se lo transmitía también a los funcionarios en las distintas cárceles en las que ha estado internado o les apuntaba con la mano en forma de pistola mientras imitaba el sonido de disparos.

Fuentes jurídicas han explicado que ese escrito puede dar lugar a la apertura de un proceso por proposición para el asesinato, castigado con penas que oscilan entre los siete años y medio y los 15 años de prisión, por lo que no habría prescrito.

El Supremo, en una sentencia de julio del 2003, afirma que el delito de pertenencia a banda armada se termina "cuando se le condena por ese hecho". No obstante, establece que ese tipo de delito es "de comisión permanente y sin límite de tiempo". Por ello, algunas fuentes jurídicas discrepan que se pueda imputar esa figura a De Juana.

El alto tribunal ha definido la pertenencia a banda armada como "la adscripción de forma permanente a un comando de la organización terrorista" independientemente de los actos que perpetre ese grupo. En julio, el Tribunal Supremo descontó a Ibon Muñoa, condenado por el secuestro y asesinato de Miguel Angel Blanco, los años que le impuso la Audiencia Nacional por pertenencia a ETA, porque ya había cumplido condena por ese delito en una sentencia anterior.

DEBATE JURIDICO No obstante, la doctrina sobre esta cuestión no es unánime. El juez Baltasar Garzón la ha aplicado para los tres miembros del GIA (Grupo Islamista Armado) detenidos por pertenecer a la célula que quería atentar contra la Audiencia Nacional. El juez dictó prisión por pertenencia, a pesar de que cumplen condena por ese delito.

Fuentes jurídicas han explicado que las sentencias castigan los hechos cometidos hasta el ingreso en prisión, pero que después se pueden imputar los mismos delitos como ocurre con los violadores que delinquen según salen de la cárcel.