El juez que instruye el caso Nóos, José Castro, ha accedido hoy al archivo provisional de la causa en relación al empresario catalán Joaquim Boixareu y al consultor Valentí Giró, con lo que levanta la imputación a ambos en la investigación sobre el Instituto Nóos.

En un auto dictado hoy, al que ha tenido acceso Efe, el juez acuerda el sobreseimiento provisional de la causa en relación a estos dos imputados, después de que ambos prestaran declaración voluntariamente en los Juzgados y corrigieran el testimonio inicial que habían ofrecido en esta causa que investiga el presunto desvío de fondos públicos al Instituto Nóos que presidió Iñaki Urdangarin.

El juez destaca que los dos tienen en común haber "sucumbido" a las proposiciones planteadas por Urdangarin como favores de apariencia inocua y haberse prestado a dar como testigos unas versiones de los hechos que coincidieran con las de otras personas, razón por la que el magistrado decidió imputarlos.

Sin perjuicio de que pueda cambiar de criterio si se incorporan a la causa nuevos datos que lo hicieran aconsejable, Castro ha archivado hoy el caso para ambos.

En el caso de Boixareu, el juez señala que figuró como fundador de la Fundación Deporte, Cultura e Integración Social (Fdcis), que se investiga como heredera de Nóos, e incluso aportó dinero para ello que luego le fue reembolsado mediante dos facturas, tal como declaró en el juzgado, en una versión que "pareció ajustarse a la realidad".

Fuentes cercanas al empresario han destacado que el juez haya decidido no imputar a Boixareu al considerar que no tiene responsabilidad alguna en la trama que ha estado investigando ya que no ocupó cargo alguno ni realizó actividad alguna para la Fdcis.

El empresario espera que tras esta resolución judicial se disipe cualquier duda sobre su persona.

Boixareu, que desde el inicio de la investigación declaró su inocencia, señaló que constituyó la Fdcis por hacerle un favor personal a Urdangarin con el que mantenía una relación de amistad y jamás sospechó que la fundación pudiera tener otros fines diferentes a los que constaban en sus estatutos que eran fomentar el uso del deporte y la cultura como herramienta de integración social.

Sobre el consultor Valentí Giró, el juez destaca que aceptó consignar "Juegos Europeos" como referencia en sus facturaciones a Nóos por colaboraciones en dos proyectos que no tenían nada que ver con el proyecto de la candidatura de Valencia a ese evento.

El juez rechaza, por razones de prudencia, el sobreseimiento libre interesado en relación a Giró, pero acepta el provisional.