El juez del caso Nóos, José Castro, ha rechazado los recursos presentados por Iñaki Urdangarin y Diego Torres contra la fianza de casi 8,2 millones de euros impuesta a ambos para cubrir las responsabilidades pecuniarias que pudieran declararse contra ambos.

En un auto dictado hoy, el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma ha desestimado los argumentos contra la fianza dictada, con carácter solidario, contra los antiguos socios al frente del Instituto Nóos por el presunto desvío de fondos públicos llevado a cabo por esa entidad.

Los abogados defensores de Urdangarin, Mario Pascual Vives, y Torres, Manuel González-Peeters, presentaron sendos recursos de reforma contra la orden del juez de que garantizaran que podían hacer frente con sus propiedades al abono de 8,18 millones de euros.

Castro impuso el pasado 30 de enero esta caución en un auto de más de 500 páginas en el que les dio un plazo para el pago en el que ninguno de los dos abonó la fianza que se les requería, por lo que se dio inicio al proceso que podría concluir en un embargo de propiedades.

Una semana después, el letrado del duque de Palma alegó contra la decisión del instructor argumentando que la fianza impuesta es "desproporcionadamente excesiva", por lo que de ejecutarse le generaría "un empobrecimiento injusto".

Mario Pascual apuntaba que en la suma requerida a su cliente se incluyen importes ya abonados por Urdangarin en concepto de IVA e IRPF y señalaba que "resultaría más equitativa" la cifra de 5,9 millones, dado que, según su versión, esa es la cantidad que suman las facturas por los congresos organizados en Valencia y Baleares que la Policía Judicial considera supuestamente falsas.

No obstante, el magistrado ha confirmado hoy la petición de casi 8,2 millones, que se corresponde con la que solicitaron inicialmente tanto la Fiscalía Anticorrupción como la acusación popular ejercida por el sindicato Manos Limpias.

En su recurso, el representante legal de Urdangarin iba más allá de la fianza y advertía de la posibilidad de acudir al Tribunal Constitucional porque durante la instrucción del caso se ha vulnerado el derecho de defensa de su cliente, que "no sabe de qué hechos o delitos debe defenderse de manera concreta y precisa".

La argumentación del abogado de Torres contra la fianza se basó en que era el marido de la infanta Cristina quien siempre "disponía, decidía y ordenaba" en el Instituto Nóos.

En su recurso de reforma, el letrado aseguraba que el auto en el que se imponía la fianza parte de premisas erróneas y llega a conclusiones equivocadas al "seguir a pies juntillas lo propuesto por el Ministerio Fiscal".

Como los recursos referidos no paralizaban la ejecución de la fianza, a la que ninguno de los dos principales acusados ha hecho frente, el juez Castro dictó el pasado 26 de febrero una providencia para que la Agencia Tributaria le informe sobre las cuentas corrientes, depósitos y activos financieros de Urdangarin y Torres.

Lo primero que se procura para atender la fianza civil es conseguir dinero en efectivo de los imputados y en una segunda fase se recurriría al embargo sus bienes.