El juez de vigilancia penitenciaria de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, ofreció ayer al general Enrique Rodríguez Galindo y al teniente coronel Angel Vaquero, una vía para obtener el tercer grado, pese a que ambos no han cumplido la mitad de la pena impuesta en el 2000 por el asesinato y secuestro de los etarras José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala.

El magistrado puede derivarles al régimen general penitenciario tras negarse ahora a autorizar su excarcelación. Galindo fue condenado a 71 años de cárcel y Vaquero a 69 años.

El pasado mes de julio, el Gobierno modificó las condiciones para acceder al tercer grado y a la libertad condicional para obligar a los etarras y narcotraficantes a cumplir íntegramente sus condenas. Por ello, exigía que para lograr la excarcelación se debía cumplir la mitad de la condena si ésta superaba los cinco años de prisión.

TERRORISMO Sin embargo, permitía salvar esa condición para los presos que no habían sido condenados por delitos de terrorismo y narcotráfico. Por ello, Gómez Bermúdez ofrece esta posibilidad a Galindo y Vaquero, ya que no han sido condenados por delitos de terrorismo ante la negativa de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo de considerar el GAL como una organización terrorista.

El régimen general penitenciario sólo exige para la excarcelación que se cuente con un informe favorable del fiscal y de Instituciones Penitenciarias. En este caso, la fiscalía apoya la clasificación en tercer grado e Instituciones Penitenciarias, aunque oficialmente no se ha pronunciado sobre esa cuestión, también recomendaría el tercer grado.

Fuentes penitenciarias han subrayado que Galindo y Vaquero presentan un pronóstico favorable de reinserción, imposibilidad de reiteración delictiva y se han arrepentido, aunque no hayan asumido su participación en los hechos, ya que han pagado las indemnizaciones impuestas.

RETROACTIVIDAD No obstante, el juez exige a Galindo y a Vaquero que acepten su decisión y que no acudan a la sala de lo penal para que revise su sentencia. Y les explica que ahora les deniega la libertad porque no cumplen el requisito de haber cumplido la mitad de su condena, tal y como establece la nueva ley.

El juez les aclara que les aplica la nueva norma, ya que la misma no tiene carácter retroactivo. Además, Gómez Bermúdez sostiene que la nueva legislación es sólo una norma de ejecución de las condenas.