Los abogados del expresidente de la Generalitat Artur Mas y de las 'exconselleres' Joana Ortega e Irene Rigau han solicitado en el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) que declare como testigo en el juicio por la consulta alternativa soberanista del 9 de noviembre del 2014 el actual presidente de Gobierno, Mariano Rajoy, y el ministro de Justicia, Rafael Catalá. Los letrados Javier Melero, que representa a Mas; Rafael Entrena, defensor de la exvicepresidenta, y Jordi Pina, abpgado de la extitular de Educació han presentado este jueves sus escritos de defensa, en los que reclaman la absolución de los tres investigados. Ahora solo faltará que fijar los días en que durará el juicio.

Entre los testigos propuestos por la defensa de Mas también figura el diputado en el Congreso, Francesc Homs, que está siendo investigado en el Tribunal Supremo por el mismo asunto y que en su declaración aseguró que un miembro del Gobierno del PP se puso en contacto con él para llegar a un acuerdo sobre la consulta. “Se nos ofreció que si el ‘president’ Mas la noche del día 9 de no hacía una comparecencia pública, no harían nada”, afirmó.

La defensa del expresidente, para quien el fiscal reclama 10 años de inhabilitación, también ha propuesto como testigos a la expresidenta del Parlament, Núria de Gispert, al director del Institut d’Estudis de l’Autogovern, Carles Vives i Pi-Sunyer, y al concejal del Ayutamiento de Barcelona, Xavier Trias, entre otras personalidades de la política y catedráticos de derecho consitutcional.

PARALIZACIÓN DE LA CONSULTA

El escrito de defensa de Mas señala que el gobierno de la Generalitat, con exclusión de sus funciones respecto al orden público, la seguridad ciudadana y la gestión de la información y los sistemas informáticos públicos, interrumpió los preparativos del proceso participativo a partir de la providencia del Tribunal Constitucional del 4 de noviembre del 2014 que prohibía la consulta.

El texto concreta que no es posible mezclar el hecho de poner a disposición de los ciudadanos determinados medios públicos para que se llevara a cabo un proceso de carácter participativo, “enmarcado en una acción política completamente lícita y defendible en cualquier sociedad democrática”, con el de organizar un referéndum oficial desobedeciendo una resolución judicial, y menos que pueda considerarse una acción delictiva.