La Audiencia Nacional condenó ayer a 83 años de cárcel al etarra Gorka Palacios por su relación con un atentado perpetrado en el 2001 en Madrid en el que perdió la vida el policía nacional Luis Ortiz. Se trata de la primera condena que impone un tribunal desde que la banda terrorista ETA anunció, el pasado 5 de septiembre, el alto el fuego.

Los magistrados no hacen ninguna referencia en la resolución a la nueva situación anunciada por la organización criminal. El etarra tampoco hizo ninguna mención a la decisión de la banda terrorista el día que fue juzgado. Su defensa se limitó a reclamar su absolución por entender que no podía ser condenado solo con el testimonio ofrecido por otros dos terroristas que ya han sido castigados por este atentado, Aitor García Aliaga y Ana Belén Egues.

LOS ARGUMENTOS Sin embargo, la Audiencia Nacional se apoya exclusivamente en las declaraciones policiales y judiciales de los condenados para afirmar que Palacios robó el vehículo que mató al policía, recabó la información necesaria para llevar a cabo el atentado, preparó el explosivo del coche bomba y pudo realizar la llamada de reivindicación del atentado, aunque este último extremo "no ha sido contrastado". No obstante, en opinión de los jueces, ello "no significa que no lo hiciera".

El tribunal, en la sentencia de la que ha sido ponente la jueza Teresa Palacios, critica a García Aliaga y Egues por intentar echar un capote a Palacios al desmarcarse en el juicio de sus anteriores declaraciones, en las que implicaban al etarra. Sin embargo, la Audiencia Nacional sostiene que las declaraciones de los terroristas son calcadas. Y señalan que "no es sostenible, dada su dificultad, que se inventasen justamente por separado lo que resultó ser del mismo tenor" cuando fueron detenidos y estaban incomunicados en las dependencias policiales.

También tienen en cuenta que García y Palacios se sonrieron durante la vista cuando el condenado declaró como testigo. "No parece que ese agrado que ambos mostraron al verse sea propio de un saludo a quien no se conoce personalmente, sino por aparecer la imagen de uno de los dos en televisión", arguye la sentencia, ya que esta fue la explicación que dio García al tribunal.

ACTUACION REPROCHABLE Los jueces consideran que Palacios actuó como autor por cooperación. En su opinión, su actuación fue más reprochable que la de los autores del atentado porque "su posición le era más favorable", ya que al no estar en el lugar de los hechos gozó de "mayor seguridad".

La Audiencia Nacional ha establecido en este atentado varios delitos, como asesinato terrorista, estragos terroristas, cuatro lesiones terroristas y 16 faltas de lesiones. Y condena, además, a Palacios a pagar una indemnización de 300.000 euros a los familiares del agente Ortiz.