A la espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resuelva la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo español sobre el alcance de la inmunidad de Oriol Junqueras tras ser elegido europarlamentario, el informe del abogado general del TJUE, Maciej Szpunar, presenta un panorama bastante halagüeño para los tres líderes del 'procés' que resultaron elegidos en las europeas del pasado mayo. Sobre todo, paradójicamente, para el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y para el exconsejero Toni Comín, que al huir de España burlaron la sentencia que impuso 13 años de cárcel al presidente de Esquerra Republicana de Cataluña.

Simultáneamente a la consulta elevada por el Supremo al TJUE, Puigdemont y Comín recurrieron la negativa a poder adquirir la condición de eurodiputados sin tener que acudir en persona al Congreso y su impugnación aún está en fase de resolución. Lo lógico es que la propuesta que haga el abogado general vaya en el mismo sentido que en el caso de Junqueras, donde defiende que se le debía haber concedido la inmunidad desde el momento en que resultó electo, con independencia de que el Supremo no le dejase salir de prisión para tomar posesión del escaño europeo, a diferencia de lo que había hecho con la condición de diputado español.

No obstante, Szpunar hace una salvedad importante, que es la que supone que los más beneficiados por el TJUE, si al final acoge su criterio, puedan ser Puigdemont y Comín los más beneficiados, porque en su dictamen concluye que la consulta española deja de tener sentido en el momento en que Junqueras fue condenado a 13 años de prisión y otros tantos de inhabilitación, momento en el que ya no tendría ningún tipo de inmunidad.

Como Puigdemont y Comín huyeron sobre ninguno de ellos recayó la sentencia, por lo que la inmunidad que, según el abogado general, adquirieron nada más ser elegidos en las urnas seguiría vigente en su caso y ello les permitiría volver a España sin ser detenidos, pese a la orden de arresto internacional y euroórdenes dictadas por el juez del Supremo Pablo Llarena con el soporte de la sentencia dictada contra los nueve líderes del 'procés' que optaron por quedarse en España y afrontar al responsabilidad penal en la que pudieran haber incurrido.

EL TS SE MANTIENE FIRME

Por su parte, la Sala Segunda del Supremo ha desestimado los recursos de apelación presentados por Puigdemont y Comin contra el auto del juez Llarena, que rechazó dejar sin efecto las órdenes nacionales de búsqueda, detención e ingreso en prisión al ser candidatos electos en las elecciones al Parlamento Europeo de mayo de este año.

El tribunal niega que la decisión de Llarena no fuera motivada y fundada en derecho y destaca sus razonamientos claros y no arbitrarios al fundar el mantenimiento de las órdenes de detención y prisión en la incuestionable persistencia de la situación de rebeldía de los acusados y en su procesamiento por graves delitos, y al considerar que para aplicar el privilegio o inmunidad parlamentaria no basta la condición de diputados electos sino que es presupuesto previo haber adquirido la condición de eurodiputados, lo que no ha sucedido.

Sin perjuicio señala el auto-- de la decisión que en su momento adopte el Tribunal de Justicia de la UE en la cuestión prejudicial planteada por la Sala en esta materia, el tribunal rechaza la interpretación sobre el alcance de la inmunidad parlamentaria que hacen los recurrentes. Así, el tribunal sostiene que la condición de la inmunidad de los europarlamentarios está sujeta a dos condiciones: la adquisición de la plena condición de miembro del Parlamento Europeo mediante el previo acatamiento de la Constitución, y la toma de posesión tras la apertura de la primera sesión que se celebre tras las elecciones.