La Sala Segunda del Tribunal Supremo corre el riesgo de convertirse en el ring en el que se celebre el próximo combate político por la gestión del coronavirus. O al menos es lo que parece que algunos quieren en función del número de querellas que ya ha recibido contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, o contra la madrileña, Isabel Díaz Ayuso, fundamentalmente por los contagios y fallecimientos ocurridos en residencias, pero también las hay, por ejemplo, por no haber impedido el 8-M.

Fuentes del alto tribunal atribuyen la prácticamente veintena de querellas recibidas contra uno y otro Ejecutivo (a cuyos respectivos responsables imputan, entre otros delitos, el más grave de los posibles por lo ocurrido, el de homicidio por imprudencia) a una "confianza mágica" en el derecho penal y, en concreto, en la Sala Segunda. Ante ella son aforados los miembros del Gobierno central, pero también la presidenta del Ejecutivo madrileño, con independencia, a diferencia de otros responsables autonómicos, de que los hechos que se le atribuyen se cometieran dentro o fuera de la comunidad de Madrid.

Estas querellas se interponen en muchas ocasiones a partir de meros recortes de prensa, para poder ser los primeros en presentarlas y, por ese único mérito, lograr la dirección letrada de la acusaciones una vez se admita su personación en los distintos procedimientos que se sigan o bien contra Sánchez y el resto de miembros de su Ejecutivo o contra Díaz Ayuso y los suyos.

Múltiples responsables

Esa multiplicidad de responsables por los mismos hechos se hace muy patente en las últimas querellas interpuestas: la de la Fundación Zaballos que dice representar a 3.268 familias, aunque solo se hayan podido personar 116, por faltarles el certificado de defunción al resto, y la de la asociación El Defensor del Paciente. La primera se dirige contra Sánchez y su Gobierno y la segunda, contra Díaz Ayuso.

Ni siquiera se ha dado aún traslado de ellas al fiscal para que informe, pero parece obvio que la disparidad en la identificación del presunto culpable ya parece un hándicap a la hora de que efectivamente alguno de ellos lo termine siendo.

Responsabilidad de la Administración

De ahí que fuentes del alto tribunal adviertan del riesgo de la interposición de estas querellas, sin el correspondiente estudio previo, porque consideran que, si finalmente acaban en archivo, ello podría utilizarse para "santificar conductas" moralmente reprochables o que siempre podrían haber sido indemnizables a través de la vía de la responsabilidad patrimonial de la Administración.

Se trata de una vía que permite el resarcimiento económico por los daños sufridos por no haber actuado la Administración competente como debía para evitarlos, sin que sea necesario identificar al responsable directo, como podría ser, por ejemplo, el director de la residencia, por no tomar medidas de aislamiento, o el consejero o el ministro, por no proporcionar medios ni impartir instrucciones. Tampoco es necesario que se haya cometido delito, algo siempre mucho más difícil de acreditar que la acción u omisión que no evitó los daños.