Sanidad va a regular los requisitos necesarios para la comunicación de los productos homeopáticos y su autorización de comercialización.

Según un borrador de la orden ministerial, para obtener la autorización estos productos tendrán que cumplir unos requisitos, parecidos a los exigidos a los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente, como el nombre, si tiene indicación terapéutica, las condiciones de prescripción, los datos del fabricante y la autorización en algún país de la UE.

Se considera medicamento homeopático el obtenido a partir de sustancias denominadas cepas homeopáticas, con arreglo a un procedimiento de fabricación homeopático descrito en la Farmacopea Europea o en la Real Farmacopea Española o en su defecto en una farmacopea utilizada de forma oficial en un país de la UE.

VARIOS PRINCIPIOS ACTIVOS

Un medicamento homeopático podrá tener contener varios principios activos y todas las disoluciones de un medicamento formarán parte de la misma autorización de comercialización, explica la orden ministerial. También indica que aquellos medicamentos que pretendan permanecer en el mercado, deberán presentar solicitud de comercialización de nuevo registro de acuerdo con lo establecido por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

El borrador debe ser revisado en el marco del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, aunque según fuentes de Sanidad, todavía no se ha acordado si este asunto será analizado en la reunión prevista para este mes de diciembre.

Uno de cada tres españoles ha recurrido a la homeopatía en alguna ocasión y un 27 por ciento lo hace de forma ocasional o regular, en un país donde más de 10.000 médicos la integran en su práctica diaria, según recoge el Libro Blanco de la Homeopatía. En España la homeopatía supuso en el año 2011 una facturación de sesenta millones de euros.