Los grupos del Senado han acordado una enmienda que modifica la ley de reforma local, por la que se aumentan las retribuciones previstas para los ediles de los municipios de menos de 20.000 habitantes.

El pleno del Senado debate hoy las 447 enmiendas parciales presentadas a la ley de racionalización y sostenibilidad local, cuya votación se ha aplazado a mañana, aunque serán aprobadas las transaccionadas por los grupos de la cámara.

Este es el caso de una enmienda apoyada por PP, PSOE, CiU, Entesa y PNV, que se refiere al artículo de la ley que establece que las retribuciones de los miembros de las corporaciones locales se fijarán anualmente en los Presupuestos Generales del Estado, pero no podrán superar en ningún caso el sueldo que percibe un secretario de Estado (entre 95.000 y 100.000 euros anuales).

La novedad es que se aumenta el porcentaje que recibirían los miembros de las corporaciones de entre 10.000 y 20.000 habitantes, al pasar de un 45 por ciento de ese salario -cantidad que fijaba la ley- a un 50 por ciento.

Asimismo, los miembros de las corporaciones locales de poblaciones de 5.000 a 10.000 habitantes podrán cobrar hasta el 45 % del salario de un secretario de Estado -un 5 por ciento más de lo previsto inicialmente-, y los ediles de pueblos de 1.000 a 5.000 habitantes hasta un 40 por ciento.

En el baremo inicial, los ediles de pueblos de 2.000 a 5.000 habitantes podrían cobrar hasta un 30 % del sueldo de un secretario de Estado, y los de 1.000 a 2.000 hasta el 20 % de ese sueldo, una división que elimina la enmienda.

Los grupos han pactado seis enmiendas transaccionales a la ley, entre las que destaca una de las solicitudes de la Federación Española de Municipios Menores (FEEM), para que las entidades inferiores al municipio que antes de 2013 hubieran iniciado los trámites para constituirse en entidad local, nazcan con personalidad jurídica propia y manteniendo esa calidad de entidad local autónoma, según la legislación de cada comunidad.

Además, otra enmienda recoge que las entidades de territorialidad inferior al municipio mantendrán, con la entrada en vigor de la nueva ley, tanto su personalidad jurídica como la condición de entidad local.

Una enmienda de adición presentada por UPN ha recibido el apoyo de todos los grupos y reconoce a Navarra, "sin perjuicio de las facultades de coordinación y tutela que les corresponden", la competencia para decidir sobre la forma de prestación de los servicios.

Asimismo, el Senado ha modificado una disposición adicional de la reforma local para precisar que la aplicación de esta ley a los Consejos Insulares de Baleares "se realizará en los términos previstos en su legislación específica y con estricta sujeción a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera".

El grupo popular, que cuenta con tres senadores del PAR, ha presentado una enmienda -que ha obtenido el apoyo del resto de grupos- que reconoce que la aplicación de la ley en Aragón se realizará teniendo en cuenta "el régimen especial de organización institucional" previsto en su Estatuto de autonomía.

Respecto a Canarias, se limita el sueldo de los presidentes de Cabildos y Consejos insulares de acuerdo con un baremo que se relaciona con la retribución del alcalde del municipio más poblado de su provincia.

Así, para poblaciones mayores de 15.000 habitantes, la retribución no superará la del alcalde del municipio más poblado mientras que, para aquellas de 25.000 a 150.000, el límite máximo será el 70 por ciento de ese sueldo, y en las de menos 25.000, se reduce el límite al 50 por ciento.