Sortu tiene desde hoy treinta días para recurrir ante el Tribunal Constitucional (TC) la prohibición de registrarse como partido, aunque antes debería agotar todas las vías legales previas al amparo e interponer un incidente de nulidad ante el Tribunal Supremo (TS) si quiere ver prosperar su recurso. Si bien es a partir de la notificación -hoy- del auto del Supremo que prohíbe su inscripción cuando comienza a contar ese plazo de 30 días para que la formación abertzale recurra al Constitucional, fuentes jurídicas han señalado a Efe que, antes de acudir al TC, Sortu debería cumplir todos los tramites previos, y eso incluye el incidente de nulidad ante el Supremo. De hecho, en las recientes providencias en las que el TC ha inadmitido los recursos de varios particulares que querían que sus datos fueran borrados de los registros de la Iglesia católica, el alto tribunal justificó su decisión en que no se habían agotado todos los recursos en la vía ordinaria. Eso incluía, según las resoluciones del Constitucional, la interposición del incidente de nulidad de actuaciones por vulneración de derecho fundamental ante la jurisdicción ordinaria. La Ley Orgánica del Poder Judicial, en su artículo 241.1, recoge la posibilidad de que las partes personadas en un proceso puedan pedir por escrito que se declare la nulidad de las actuaciones fundada en la "vulneración de un derecho fundamental" protegido en la Constitución en el proceso seguido en los tribunales o en el fallo de éstos. Ese sería el trámite -el incidente de nulidad- que Sortu tendría que cumplir si quiere evitar que cualquier defecto formal pueda ser la causa de que el Constitucional rechace su petición de amparo. Si esto no ocurre, y si finalmente Sortu cumple con todos los plazos y previsiones legales y decide por último pedir el amparo constitucional, será entonces cuando el TC entre a valorar el fondo del recurso. En cualquier caso, el Constitucional no tiene ningún plazo establecido para pronunciarse, por lo que parecería en principio difícil que Sortu, si interpone el incidente de nulidad ante el TS, -para lo que tiene 20 días, según la LOPJ-, pueda presentarse a las próximas elecciones locales y autonómicas del 22 de mayo.