El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto a la alcaldesa de Hernani (Guipúzcoa), Marian Beitialarrangoitia (ANV), de un delito de exaltación del terrorismo al pedir en el 2008 un aplauso para los presuntos autores del atentado en la T-4 de Barajas por el que fue condenada a un año de cárcel y siete de inhabilitación.

Así lo ha acordado la Sala de lo Penal del Supremo, que ha estimado el recurso interpuesto por Beitilarrangoitia contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional en junio del 2009 al considerar que los hechos no constituyen delito, según han informado fuentes del Alto Tribunal.

DERECHO A LA LIBERTAD

El pasado 18 de febrero el fiscal reclamó en una vista pública al TS que confirmara la resolución de la Audiencia Nacional, mientras que el abogado de la alcaldesa, Iñigo Iruin, pidió su absolución porque, a su juicio, se había vulnerado su derecho a la libertad de expresión e ideológica.

La alcaldesa declaró en el juicio que el 12 de enero del 2008 pidió ese "chaparrón de aplausos" para los etarras Igor Portu y Mattin Sarasola en el acto de presentación de las candidaturas de Acción Nacionalista Vasca (ANV), en el polideportivo Anaitasuna de Pamplona (Navarra), como "una expresión puntual de cariño" ante los presuntos malos tratos que sufrieron en su detención.

DELITO DE ANARTECIMIENTO

La Audiencia Nacional consideró "indiscutible" que "tenía escrito el discurso que iba a pronunciar" y estimó probado que con él ensalzó a los presos de ETA, lo que constituye un delito de enaltecimiento del terrorismo.

En el atentado de la T-4 en el aeropuerto de Barajas el 30 de diciembre del 2006 murieron los ciudadanos ecuatorianos Carlos Alonso Palate y Diego Armando Estacio.