El Tribunal Supremo acusa al presidente del Parlamento vasco, Juan María Atutxa, y a los miembros de la mesa de esta Cámara de haber actuado contra "el principio de lealtad constitucional" al negarse a disolver el grupo Sozialista Abertzaleak, heredero en la Cámara de Vitoria de la ilegalizada Batasuna. Además, les recrimina que hayan buscado un artificio --convocar a la junta de portavoces-- para no acatar la orden judicial.

Los magistrados de la sala 61, presidida por Francisco José Hernando, a su vez presidente del Supremo, decidieron ayer ejecutar su decisión de disolver el grupo de Arnaldo Otegi y acordaron una serie de medidas para impedir su funcionamiento en la Cámara vasca.

Además, los jueces aprovechan su resolución para criticar la actuación de Atutxa, a quien explican que la lealtad constitucional, según la doctrina del Constitucional, "es esencial en las relaciones entre las diversas instancias de poder territorial". También le recuerdan que ese principio "es el soporte esencial del funcionamiento del Estado autonómico".

VOTO DECISIVO

El Supremo cuestiona que Atutxa haya interpretado que el reglamento del Parlamento tiene lagunas que impiden cumplir su mandato. Y afirman que esa actitud, así como la de dar "entrada a la junta de portavoces", ha sido "un artificio creado con el fin de obstaculizar la materialización de lo resuelto" por el tribunal.

El Supremo también expresa su disconformidad porque Atutxa permitió participar en esa junta de portavoces al grupo de Otegi, sobre todo porque su "voto fue determinante del resultado final alcanzado". Por ello, sostiene que la autonomía "en modo alguno equivale a soberanía". Los jueces entienden que la división de poderes no permite que haya "zonas resistentes al Estado de derecho por parte de los órganos parlamentarios, protagonistas del alumbramiento de las normas jurídicas que las conforman y por ello primeros obligados a su cumplimiento".

Por tanto, los magistrados consideran que Atutxa no debió buscar lagunas para incumplir el mandato judicial sino que se debía haber limitado a "colaborar en régimen de lealtad constitucional" y no optar por "la desatención" de la orden judicial.

Además, los jueces explican que toman esas medidas contra el grupo de Otegi para proteger el sistema democrático y los derechos fundamentales "frente a una organización" (ETA) "que ha mantenido una de sus esferas de actuación en la vida política" a través del grupo disuelto.