El Tribunal Supremo ha anulado por primera vez un expediente de regulación de empleo (ERE) tras la aprobación de la reforma laboral, debido a que la empresa no entregó a los trabajadores la documentación requerida durante el periodo de consultas, lo que les impidió conocer la causa de los despidos.

La Sala de lo Social del Supremo confirma así el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que declaró nulos los 28 despidos ejecutados 10 días después de que se aprobara la reforma laboral por un grupo de empresas liderado por Talleres López Gallego.

No había memoria explicativa

El Supremo ha declarado que la comunicación de la apertura del periodo de consultas debió ir acompañada de una memoria explicativa de las causas del despido colectivo, especificándolas, e incluyendo el número y clasificación profesional de los afectados, el de los trabajadores empleados habitualmente en el último año, el periodo previsto para llevar a cabo los despidos y los criterios tenidos en cuenta para la designación de los perjudicados.

Los magistrados han concluido que la empresa incumplió los trámites formales y por ello han declarado nula la decisión empresarial, teniendo en cuenta "la relevancia de los incumplimientos examinados en relación con la aportación de la mínima documentación exigible".