El Tribunal Supremo (TS) ha avalado el traslado a Cataluña de los documentos del archivo de Salamanca incautados a la Generalitat y a particulares durante la guerra civil y ha rechazado el recurso que el Ayuntamiento de Salamanca interpuso contra esa decisión. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo confirma así la sentencia de la Audiencia Nacional, que desestimó también el recurso del consitorio salmantino y avaló la legitimidad de la orden del Ministerio de Cultura por la que el 18 de enero del 2006 se acordó la restitución a la Generalitat de los documentos incautados en el Archivo General de la Guerra Civil española.

El Ayuntamiento de Salamanca recurrió en amparo la sentencia de la Audiencia al considerar la "nulidad radical" de la decisión del traslado de los papeles por omitirse "trámites esenciales" en el procedimiento, como el preceptivo informe que sobre cualquier salida de documentos debe emitir el pleno del Patronato del Archivo general de la Guerra Civil, tal y como establece un Real Decreto de 1999.

"AJUSTADA A DERECHO"

El Supremo recuerda que la sentencia de la Audiencia Nacional reconoció que no constaba que se hubiera emitido ese informe pero que sí se había producido una reunión del Patronato el 10 de enero del 2006 en la que se sometió a debate la emisión de ese informe en aplicación de la Ley 21/2005.

Por ello, sostiene que la conclusión a la que llegó la Audiencia Nacional para avalar el traslado y posterior entrega a la Generalitat de los fondos documentales es "correcta y, por ende, ajustada a Derecho".

Según el TS, ninguna de las infracciones que denuncia el Ayuntamiento de Salamanca es imputable a la Administración ni tienen una "trascendencia jurídica" tal que puedan acarrear la nulidad de pleno derecho de la orden del Ministerio de Justicia ya que ésta no se dictó "prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido".

Tampoco considera el Supremo que se conculcara la Ley 21/2005 en la que se apoyó la orden ministerial ya que se constituyó una comisión mixta y se aceptó el informe sobre la identificación de aquellos documentos que pudieran presentar dudas sobre si era procedente su envío a Cataluña.