La sala de lo Social del Tribunal Supremo ha condenado aLiberbank a cesar en el bloqueo y la censura de las comunicaciones de las organizaciones sindicales a los trabajadores de la empresa y a indemnizar a Comisiones Obreras (CCOO) con 6.000 euros.

Con esta decisión los jueces del alto tribunal rechazan el recurso interpuesto por la entidad bancaria contra una sentencia que la condenó por impedir a la citada central la difusión, a través de la intranet de la empresa, de sus propuestas a los empleados.

LIBERTAD SINDICAL

"La libertad de expresión y de transmisión de informaciones forma parte del contenido de la libertad sindical, y la empresa viene obligada a transmitir información sindical a través de los cauces existentes”, afirman los jueces en su escrito. La conducta empresarial “solo puede calificarse como de control previo e incompatible con el ejercicio de las citadas libertades”, añaden.

La resolución judicial recuerda que en un acto de conciliación entre Liberbank y la representación sindical en diciembre del 2012, la empresa se comprometió a publicar en la intranet corporativa los comunicados de las secciones sindicales existentes en el banco "sin ejercer el veto o control sobre la legalidad y veracidad de los mismos o si exceden de los límites informativos".

El Supremo considera que los documentos que hace llegar el sindicato a los empleados se inscriben “dentro de los fines que constitucionalmente le están asignados”.