El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el recurso presentado por Marcos Martín Ponce contra una sentencia de la Audiencia Nacional, que el pasado mes de mayo le impuso 30 años de cárcel por el asesinato del policía Francisco Javier Sanz Morales en Carabanchel (Madrid) en el 2000. A diferencia de lo que alegaba la defensa, el tribunal considera válido el reconocimiento fotográfico --"un eficaz medio de investigación policial", considera el TS-- que un testigo hizo del grapo, primero ante la policía y después en el juicio.

Martín Ponce recurrió ante el TS el fallo de la Audiencia Nacional alegando que se habían predeterminado los hechos declarados probados, y que se habían vulnerado sus derechos a la presunción de inocencia. Pero el Supremo resuelve que la atribución al acusado de la autoría de los hechos se basa en "pruebas contundentes y válidas".

La Audiencia recordó en su sentencia, ahora ratificada por el TS, que el asesinato de Sanz Morales se llevó a cabo "como represalia por la detención en París de la cúpula" de los GRAPO. Martín Ponce deberá indemnizar con 400.000 euros a los familiares de la víctima, conjuntamente con el grapo Israel Torralba.