En abril del 2008, el Tribunal Supremo condenó al expresidente del Parlamento vasco Juan Maria Atutxa y a los exmiembros de la Mesa de la Cámara Gorka Knörr y Kontxi Bilbao por un delito de desobediencia por negarse a disolver el grupo parlamentario de Sozialista Abertzaleak tras la ilegalización de Batasuna en el 2003. 11 años después, el mismo tribunal se ha visto obligado a anular su propia condena tras el varapalo de la justicia europea.

La revocación de la pena de año y medio de inhabilitación y multa de 18.000 euros a Atutxa es consecuencia de la sentencia dictada en junio del 2017 por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo, que consideró que, durante el proceso judicial, el Supremo vulneró el artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, razón por la cual los acusados no fueron sometidos a un «juicio equitativo».

El TEDH consideraba que tanto Atutxa como los otros dos parlamentarios fueron privados de su derecho a someter a contradicción las acusaciones que se realizaron contra ellos,.

Knörr y Bilbao fueron condenados por el mismo delito a un año de inhabilitación y 12.000 euros de multa cada uno. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco había absuelto a los tres políticos en el 2004 por entender que gozaban de inviolabilidad parlamentaria, pero el seudosindicato Manos Limpias recurrió al Tribunal Supremo y consiguió que este devolviera la causa al órgano anterior para que dictara sentencia sobre el fondo del asunto.

El alto tribunal vasco volvió entonces a absolverles, alegando que no había existido el delito de desobediencia. Manos Limpias volvió a recurrir y el Supremo condenó a los tres excargos.