El Tribunal Supremo imputó ayer al juez Baltasar Garzón por un delito de prevaricación por la investigación que dirigió contra los crímenes cometidos durante la dictadura de Francisco Franco. La sala penal del alto tribunal, integrada por cuatro jueces conservadores y uno progresista, admitió a trámite la querella presentada por el sindicato ultraderechista Manos Limpias, pese a que el fiscal había reclamado el archivo. El sindicato presentó una denuncia contra Garzón por estos hechos en octubre del 2008. Sin embargo, el alto tribunal la rechazó por un vicio procesal y le sugirió que presentara una querella. Manos Limpias cumplió el trámite el 26 de enero y acusó al juez de la Audiencia Nacional de prevaricación por entender que abrió una causa general al franquismo sin ser el juez competente.

TRAMITES PROCESALES La fiscalía se opuso a la admisión a trámite en un informe presentado el 13 de febrero. En su escrito defendió el proceder del magistrado. Tras este dictamen, el juez conservador Adolfo Prego esperó hasta el 2 de abril para recabar información a Garzón sobre la tramitación de la causa. El 23 de abril comenzó a deliberar sobre este proceso y finalmente los cinco jueces que integran la sala, cuatro conservadores y uno progresista, la admitieron a trámite.

En la resolución se defienden los pasos dados por Manos Limpias. El alto tribunal apoya que la acción popular pueda actuar sin el apoyo del fiscal en contra de la doctrina que estableció en el caso Botín . El presidente del Banco Santander fue absuelto porque solo era acusado por una acción popular.

Los magistrados entienden que el sindicato describe la comisión del delito de prevaricación cuando acusa a Garzón de haber vulnerado el Estado de derecho "al mantener un procedimiento a conciencia de no ser competente" e incoarlo sabiendo que iba a tener que archivarlo.

El Supremo recoge en su resolución los escritos de la fiscalía de la Audiencia Nacional, que se empleó a fondo para archivar la investigación de Garzón hasta el punto de que pidió la intervención de la sala penal de la propia Audiencia cuando Garzón solicitó los certificados de defunción de Franco y de 34 franquistas.

Para el tribunal, la instrucción de Garzón "se centró en delitos" para los que él mismo admitió que no era competente. Por ello, el Supremo sostiene que "lo afirmado en la querella no es algo que pueda considerarse ajeno al tipo penal de prevaricación, al menos como hipótesis que no se advierte ni absurda ni irracional". El Consejo General del Poder Judicial podría suspender a Garzón, aunque hasta ahora no lo ha hecho sin un dictamen favorable del fiscal.