El Tribunal Supremo consideró ayer "insuficiente" la base legal en la que se apoyan las demandas presentadas por el fiscal y el Gobierno contra Acción Nacionalista Vasca (ANV), ya que no alegan el artículo de la ley de partidos que se refiere al fraude de ley. Los jueces, por mayoría, optaron por darles un nuevo plazo para que subsanen ese defecto antes de decidir si admiten a trámite los escritos.

Los 16 magistrados examinaron las demandas del fiscal y del abogado del Estado y detectaron que ambos exigen la impugnación de 110 listas (la fiscalía) y 122 (el Gobierno) por los artículos que se refieren a la ejecución de la sentencia de ilegalización de Batasuna, pero a ambos se les olvidó citar el artículo 12.1.d, que habla del fraude de ley.

NUEVO PLAZO Por ello, los jueces han dado un plazo a ambas partes para que subsanen ese error procesal, que vence a las diez de la mañana de hoy. Después, la sala especial volverá a reunirse y decidirá si admite a trámite ambas demandas. En cualquier caso, los jueces han aceptado la petición del abogado del Estado y --al igual que han hecho en el caso de las agrupaciones electorales de Abertzale Sozialistak-- han decidido no entregar el censo a las listas impugnadas hasta que no decidan si son una sucesión de Batasuna.

Los magistrados también se dieron por enterados del escrito presentado por el PP --en el que reclama que se anulen todas las candidaturas de ANV--, pero rechazaron tramitarlo porque no es parte del proceso.

Previamente, el fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, dijo que actuó contra el 40% de las listas de ANV por considerar que han sido "infiltradas" por Batasuna. También que la fuerza ilegal ha utilizado "determinadas listas" del partido para ir a los comicios.

La fiscalía, además, afirma que no puede reclamar la nulidad de todas las listas de ANV porque "sería desproporcionado" y "restringiría" el derecho de sufragio activo "de sus potenciales electores". También admite que no puede plantear, ahora, la ilegalización de ANV porque ese incidente no se resolvería a tiempo y podría provocar la nulidad de las elecciones si el Supremo rechaza esa pretensión.

No obstante, el fiscal defiende su decisión para evitar que "un partido ilegal" (Batasuna) utilice "en un proceso electoral las listas de otro". Por ello, defiende la vía de la impugnación porque, de lo contrario, se permitiría su presencia en las urnas.

Las listas recurridas han sido elegidas porque incluían "al menos tres candidatos" de Batasuna o contaban con un elevado número de candidatos vinculados a Batasuna.