La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo inicia este jueves la deliberación a puerta cerrada en la que resolverá los recursos de apelación interpuestos por la Fiscalía contra la concesión del tercer grado a los nueve condenados por el 'procés' y los de estos contra su revocación, mientras se resuelven los primeros, informó el alto tribunal. Los magistrados también estudiarán los interpuestos contra la aplicación del régimen flexible previsto en el artículo 100.2 del que los líderes independentistas disfrutaban con anterioridad a que se les progresara de grado.

El pasado julio, el Supremo adelantó su criterio sobre estos recursos cuando anuló el régimen flexible que se le había concedido a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell a través del 100.2, pese a que tradicionalmente el tribunal sentenciador solo resolvía las impugnaciones contra progresiones de grado. El régimen de salidas que prevé ese artículo era revisado por la Audiencia provincial correspondiente hasta ese momento.

El Supremo, que en su auto se mostraba muy crítico con decisiones penitenciarias que entendía que solo mostraban un desacuerdo con la sentencia del 'procés', de la que decía que "no tiene que ser permanentemente reinterpretada", aprovechaba la oportunidad que le brindó el juez de Vigilancia Penitenciaria que le tocó a Forcadell para revocar sus permisos.

Pero, además, a partir de su caso fijó un nuevo criterio para todos los presos españoles, de tal forma que el tribunsal sentenciador no solo se encargará de resolver los recursos que se presenten contra las progresiones de grado, sino también los contrarios a las salidas previstas en el 100.2, por suponer en la práctica también una forma de excarcelación.

Paradójicamente, pese a aquel revés para Forcadell, hoy en día solo ella y Dolors Bassa esperan en libertad la resolución del recurso presentado por la fiscalía contra su progresión al tercer grado. La diferencia de trato respecto a sus compañeros se debe a que el juez de Vigilancia Penitenciaria que les correspondió no aplicó la disposición adicional quinta de la legislación penitenciaria que establece la suspensión cautelar de las progresiones de grado impugnadas.

AMPLÍSIMA DOCUMENTACIÓN

Fuentes jurídicas señalan a este diario que el motivo por el que el alto tribunal aún no ha resuelto estas impugnaciones pasa por el hecho de que hasta finales de septiembre o principios de octubre no contó con toda la documentación relativa a estos recursos para poder pronunciarse debido al tiempo que se tardó en traducir la amplísima documentación que acompaña los recursos.

Además, destacan que aunque sean solo nueve los condenados, el tribunal debe pronunciarse sobre alrededor de una treintena de recursos contra la concesión del tercer grado, por parte de la fiscalía, contra su revocación, por parte de los condenados, así como frente a la concesión previa del régimen flexible de cumplimiento previsto en el 100.2, del que disfrutaban todos los líderes independentistas condenados hasta que progresaron de grado y el recurso fiscal supuso su vuelta a prisión.