Marcando el paso. El pleno de la sala penal del Tribunal Supremo, decidió ayer, por nueve votos a cinco, eliminar el paso por el banquillo al establecer que los acusados solo pueden ser juzgados si lo pide el fiscal o el perjudicado, pero no cuando lo reclame un particular. Esta doctrina cerró el caso Botín y se podrá aplicar al lendakari, Juan José Ibarretxe, que está acusado de desobediencia por hablar con Batasuna.

La Audiencia Nacional decidió en el 2006 archivar el proceso que se seguía contra el presidente del Banco Santander, Emilio Botín, por las cesiones de crédito, un producto financiero que facilitó que algunos clientes incumplieran sus obligaciones fiscales. Esta sede judicial estableció que no se podía juzgar al banquero porque el fiscal y la Abogacía del Estado descartaron que se hubiera cometido algún delito. Esta opinión no era compartida por la acusación particular, que mantuvo vivo el proceso durante casi 12 años.

Precisamente, la acción popular llevó este asunto al Supremo, que examinaba por primera vez la reforma de la ley que establece que el derecho a sentar en el banquillo a un acusado corresponde al fiscal y a la acusación particular. Hasta ahora, algunos tribunales habían hecho una interpretación extensiva de esta norma al reconocer dicho derecho a la acción popular.

LOS INTERESES Sin embargo, para el Supremo esta interpretación es errónea, ya que si el legislador hubiera querido equiparar a estas figuras lo habría hecho en la reforma de la ley. Para el alto tribunal, solo el ministerio público, que representa el interés social, y la acusación particular, que defiende su interés propio, están legitimados para juzgar a un acusado. El alto tribunal niega este derecho a la acción popular si el defensor de la legalidad (el fiscal) y el perjudicado no ven motivos para actuar penalmente.

Esta doctrina alivia la situación del lendakari y de los dirigentes socialistas Patxi López y Rodolfo Ares, que van a ser juzgados por hablar con Batasuna. El Foro Ermua y Dignidad y Justicia son las acciones populares que mantienen la acusación. El fiscal no ve delito y la Abogacía del Estado no se ha personado en el proceso.

LAS CONSECUENCIAS Fuentes del alto tribunal han asegurado que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), presidido por Fernando Ruiz Piñeiro, está obligado a cumplir esta doctrina salvo que quiera ser perseguido por prevaricación por una resolución injusta.

Esas fuentes recordaron que el TSJPV ya no consideró en su momento la decisión del Supremo de archivar un proceso al presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, por hablar con Batasuna. "Ahora no lo pueden hacer, porque su decisión va a ser revisada por el Supremo, que impondrá su doctrina", afirman. De mantener el TSJPV su postura, es posible que el PNV se querelle. La demanda sería resuelta por el alto tribunal.