El pleno del Tribunal Constitucional ha declarado por unanimidad la inconstitucionalidad de la resolución del Parlament del pasado 7 de marzo por la que creó una comisión de investigación sobre la monarquía, con los votos a favor de independentistas, los 'comuns' y la CUP, tras escucharse a la examiga del rey Corinna Zu Sayn-Wittgenstein atribuirle presuntos delitos al monarca emérito.

La grabación se encontraba entre los audios intervinidos en 'caso Tándem', en el que se investigan las cloacas policiales y cuyo principal imputado es el excomisario José Manuel Villarejo. El juez encargado entonces de las pesquisas archivó la causa al considerar endebles los indicios aportados contra el rey y gozar este de inviolabilidad durante el tiempo que ejerció como jefe del Estado.

Pese a ello, la propia Corinna fue interrogada en Londres por un fiscal Anticorrupción español en relación con el pago de comisiones ilícitas por la construcción del AVE a La Meca que señalaba en la conversación con el expolicía. La empresaria señaló que lo había dicho lo supo por terceros.

La resolución de la Cámara, que ha quedado anulada este miércoles por el Constitucional, pretendía investigar las "actuaciones destinadas a forzar el traslado de domicilio social de bancos, grandes empresas y multinacionales fuera de Cataluña" durante los días posteriores al referéndum ilegal del 1-O, en las "estructuras de corrupción vinculadas a la Familia Real española" y en las "presuntas cuentas irregulares del anterior jefe de Estado en Suiza y otros paraísos fiscales a nombre de terceras personas".

DESBORDAR SUS COMPETENCIAS

El Gobierno de Pedro Sánchez recurrió el acuerdo, con expresa invocación del artículo 161.2 de la Constitución, que prevé la suspensión en el momento de la admisión a trámite de la impugnación, lo que ocurrió en marzo. Entre sus argumentos figuraba que el Parlament no es el órgano competente para investigar las actividades de la Monarquía "al desbordar el objeto de la investigación el ámbito institucional y competencial propio" de Cataluña.

También consideraba que infringido el principio de inviolabilidad del Jefe del Estado y el artículo que atribuye exclusivamente a los jueces y tribunales el ejercicio de la potestad jurisdiccional. Los argumentos en los que se basa el alto tribunal para darle la razón se conocerán en unos días, cuando se conozca en su integridad su sentencia.