El Pleno del Tribunal Constitucional acordó ayer por unanimidad vetar la investidura de Carles Puigdemont si esta no se produce de forma presencial, al entender que ello podría vulnerar el artículo 23 de la Constitución. El tribunal pospone su decisión de admitir a trámite el recurso del Gobierno de Mariano Rajoy a escuchar a todas las partes pero, como medida cautelar, suspende las resoluciones dictadas por el presidente del Parlament, Roger Torrent, y condiciona la celebración del pleno convocado para el martes a que la investidura se produzca con presencia física del candidato a presidir la Generalitat y con autorización del juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, ante el que está imputado el expresident.

Tras cuatro horas de debate entre los 11 magistrados asistentes (solo faltó Andrés Ollero por motivos personales) y casi seis horas de pleno, el alto tribunal alcanzó un acuerdo en relación con el recurso presentado por el Gobierno para tratar de frenar la investidura del líder de Junts per Catalunya. El tribunal precisa que la autorización judicial es imprescindible porque Puigdemont tiene vigente una busca de orden y captura nacional.

Los miembros de la Cámara sobre los que pese una orden judicial de busca y captura no podrán delegar el voto en otros diputados.

La propuesta de consenso para alcanzar un acuerdo consistió en posponer la decisión sobre la admisión a trámite del recurso a oír a todas las partes y resolver todas las dudas que se han planteado sobre su admisibilidad. El Constitucional ha admitido la personación de Puigdemont y del resto de diputados de Junts per Catalunya para que puedan ejercer su derecho de defensa.

No obstante, de forma cautelar establece que el pleno de investidura solo se podrá celebrar con la presencia física en la Cámara del candidato a presidente, lo que evitaría que Puigdemont tratara de hacerlo desde Bruselas. La impugnación del Gobierno se dirigía contra la resolución del presidente del Parlament, Roger Torrent, de proponer como candidato a la presidencia de Generalitat de Carles Puigdemont y convocar el pleno para nombrarle el martes día 30, resoluciones que han sido anuladas.

Como solicitaba el Gobierno en su impugnación, la resolución se ha notificado personalmente al presidente del Parlament y a los miembros de la Mesa de la Cámara. Como en las resoluciones previas sobre el procés, que acabaron con la apertura de diligencias por desobediencia contra la expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, se apercibe a los miembros de la Mesa de que “se abstengan de iniciar, tramitar, informar o dictar (…) acuerdo o actuación alguna que permita proceder a un debate de investidura de Puigdemont con expresa advertencia de las consecuencias penales en caso de que así no se haga».

REACCIÓN DE GOBIERNO / Como era de esperar, el Gobierno ha sacado pecho por el veto cautelar del Tribunal Constitucional (TC) a la celebración de un pleno a distancia obviando el revés que supone la inadmisión de trámite de su recurso contra la candidatura de Carles Puigdemont. Fuentes de la Moncloa señalaron que el Ejecutivo celebra que el TC «prohíba la celebracion de un pleno fraudulento» para investir a Puigdemont por delegación o por vía telematica.

Para el Ejecutivo de Rajoy, la decisión del tribunal pone en valor el propio reglamento del Parlamento de Cataluña frente al fraude que supondría la investidura a distancia. Por ello celebran la decisión del Alto Tribunal de que «haya evitado esa burla a la ley, al propio Parlament y al resto de grupos políticos, cuyos derechos serían claramente vulnerados con una investidura sin presencia del candidato», informa Gemma Robles.

El Gobierno del Partido Popular da una especial importancia al párrafo en el que el Constitucional advierte de que, en caso de presentarse Puigdemont físicamente en el Parlamento catalán «no podrá procederse a la investidura del candidato sin la pertinente autorización judicial, aunque comparezca personalmente en la Cámara, si está vigente una orden judicial de busca y captura e ingreso en prisión».