Iñaki Urdangarin se aferra a la prescripción para evitar entregar algunas de sus declaraciones de renta y arremete contra el procedimiento seguido por el juez José Castro para frenar el resto. "La instrucción no puede ser prospectiva e indiscriminada en un intento de 'a ver qué sale'. Así es. La instrucción no es un pretexto para dar carta de naturaleza a toda clase de pesquisas indeterminadas sobre extremos que no arrojan ningún viso de verosimilitud ni se ven previamente apoyados por algún dato indiciario. Tampoco es un proceso de 'inquisitio generalis' en el que quepan todo tipo de investigaciones, cuya relación con el objeto del proceso, en el mejor de los casos, no está ni mucho menos precisado", dice el marido de la infanta Cristina en el recurso contra la solicitud de las últimas diez declaraciones del matrimonio ordenado por Castro.

En su escrito, el yerno del Rey aclara que él y su esposa ostentan el régimen matrimonial de separación de bienes y efectúan sus respectivas declaracione sde IRPF. "En consecuencia, cada uno firma y efectúa sus propia declaración, habiendo tenido a los largo de los años, distintos asesores fiscales que les asesoraban y las elaboraban". En este sentido, Urdangarin cita como propios a los hermanos Tejeiro Losada, cuñados de su ex socio, Diego Torres, mientras que en el caso de la Infanta se limita a comentar que tenía "otro distinto, con sede en Madrid".

La defensa del yerno del Rey, ejercida por Mario Pascual Vives, subraya que las declaraciones de Urdangarin "de 2007 y 2008 constan sobradamente acreditadas en la causa" y que "las correspondientes a los ejercicios fiscales de 2002 a 2006, se compadecen con ejercicios fiscales tributaria y penalmente prescritos". Por último añade que “el ejercicio fiscal correspondiente a 2012, se encuentra pendiente de plazos de declaración y presentación de las liquidaciones correspondientes". Respecto a los ejercicios 2009, 2010 y 2011 añade que merecen "especial tratamiento" por apreciar "una instrucción prospectiva, en la que a medida que iba avanzando en el tiempo se iban añadiendo nuevos hechos".

Se queja además de que el juez Castro deja solo abierta la posibilidad de recurrir mediante reforma, ante el mismo juzgado, o apelación, ante la Audiencia Provincial, pero ninguna de estas vías tiene carácter suspensivo. A su entender, además de los afectados, las peticiones fiscales deberían haber sido "previamente conocidas, valoradas o incluso criticadas por los respresentantes en el proceso del Ministerio Fiscal y de la Abogacía del Estado, quienes ostentan especial relevancia en esta materia". Por todo ello, la defensa de Urdangarin pìde que se deje sin efecto la diligencia de la solictud de sus últimas diez declaraciones de renta y las de su esposa.