¿QUÉ ES EL IEE?

Es un documento que acredita la situación en la que se encuentran los edificios. Como mínimo, debe incluir información sobre el estado de conservación, la accesibilidad y el grado de eficiencia energética.

¿QUIÉN ESTÁ OBLIGADO?

Los edificios que tengan más de 50 años de antigüedad. Los que la hayan cumplido antes del 28 de junio de 2013 tendrán que contar con el IEE antes del 28 de junio del 2018. El resto podrán hacer el trámite en los cinco años posteriores a cumplir los 50. Al margen de la antigüedad, el IEE se podrá solicitar para acceder a determinadas ayudas públicas de vivienda.

¿CÓMO SE REALIZA?

Según la regulación que prepara la Junta, deberán exigirlo los ayuntamientos. Los vecinos obligados tendrán que contactar con un técnico competente en la materia (generalmente un arquitecto o aparejador) para que lleve a cabo la inspección, que se hará cada 10 años. El informe se entregará en el consistorio y si no es favorable, habrá que hacer obras de mejora.

¿CUÁNTO CUESTA?

Ni el Estado ni la Junta han determinado un precio. Según el Colegio de Administradores de Fincas, no será demasiado elevado y probablemente acabe «homogeneizado». Además, se contemplan subvenciones para ello.