El reglamento aprobado el pasado mes de marzo que prometía agilizar los trámites de adopción internacional de las familias extremeñas entró ayer en vigor. Las novedades se centran en un refuerzo de la seguridad jurídica en el proceso y una descongestión en las agencias de adopción de las comunidades autónomas gracias a la posibilidad de elección de cualquier organismo acreditado de España para realizar la adopción.

Uno de los objetivos es reducir los tiempos de tramitación. Para ello, el Ministerio de Sanidad establecerá el número de expedientes nuevos que podrán tramitarse con cada país, consultando previamente con las comunidades autónomas. Se evitará así la acumulación de expedientes en los países de origen.

Otra novedad que ayudará a la reducción de tiempos es que las familias podrán elegir libremente el organismo con el que quieren llevar a cabo su proceso de adopción, es decir, podrán realizarlo tanto en Extremadura como fuera de ella. Esta última opción estará facilitada también por un modelo de contrato único y unos mismos costes para toda España.

Eso sí, los organismos elegidos deberán estar acreditados por el ministerio y deberán presentar un informe sobre la actuación de las regiones y garantizar el cumplimiento de los requisitos legales establecidos. En la resolución donde se les acredite se especificará el país de origen y la región o estado del mismo donde podrá intermediar, así como los costes de la tramitación de un ofrecimiento de adopción, previamente aprobados por las comunidades. La acreditación se podrá solicitar en el Registro Electrónico de la web del Ministerio de Sanidad.

Además, se podrán presentar reclamaciones y comunicar incidencias en relación a los organismos de adopción de los países de origen o de España. En el primer caso, en la Dirección General de Servicios para las Familias y la Infancia, y, en el segundo, a las entidades públicas o al organismo de intermediación. Existe un modelo de solicitud en la web del ministerio.

Las competencias en el control del funcionamiento de los organismos de adopción estarán compartidas por las comunidades autónomas, que se encargarán de los procesos en España, y la Administración General del Estado, que velará por los internacionales.

El Real Decreto que entró ayer en vigor fue aprobado el 22 de marzo por el Consejo de Ministros y, a través de un reglamento, desarrolla los aspectos de la Ley 26/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.