La llegada del 2020 ha traído consigo un nuevo endurecimiento en los requisitos para acceder a la jubilación. Desde el pasado 1 de enero, la edad legal para el retiro laboral se ha situado en 65 años y diez meses, dos meses más que la que estaba establecida el año pasado. Solo si se acumulan un mínimo de 37 años cotizados, el trabajador puede alcanzar a partir de ahora la jubilación con 65 años y el 100% de la pensión que le pudiera corresponder. De nuevo aquí se ha elevado el listón, ya que hasta el ejercicio pasado el periodo necesario de cotización para dejar de trabajar a los 65 estaba en 36 años y nueve meses.

Este aumento del tiempo cotizado y de la edad exigida para poder abandonar la vida laboral activa es consecuencia de la aplicación de la Ley sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, aprobada en el 2011 y que desde el 2013 ha ido aumentando paulatinamente esos requerimientos. Un proceso que seguirá hasta el año 2027, cuando la edad de jubilación ordinaria quede fijada en 67 años y en 38 años y 6 meses cotizados la alternativa para poder hacerlo a los 65.

Los efectos de esta evolución ya se dejan notar en las cifras de afiliación a la Seguridad Social en Extremadura. En menos de tres años, los afiliados que tienen 65 o más años se han incrementado un 40%. De los 3.198 que había al arrancar el 2017 se ha pasado a los 4.469 de este último noviembre. De ellos, 2.529 son hombres y 1.939 mujeres. Siguen siendo una proporción reducida sobre el total de trabajadores (en el décimo primer mes del 2019 hubo en Extremadura más de 392.000 afiliados de media), pero el avance resulta evidente. «Antes, la edad legal de jubilación era de 65 años, pero la real estaba entre los 62,5 y los 63, porque la gente se iba jubilando algo antes, aunque perdiera un poco de pensión, pero en el momento en el que subes el límite de la edad legal, eso hace que la real también aumente, de manera que la media se está acercando cada vez más a los 65 años», precisa Inmaculada Domínguez, profesora de Economía Financiera y Contabilidad de la Universidad de Extremadura.

La normativa permite que, si se cumplen determinados requisitos, el trabajador pueda acogerse a una jubilación anticipada, una modalidad que permite retirarse hasta cuatro años antes cuando el cese es involuntario —el trabajador es expulsado de manera prematura del mercado laboral— y dos en el caso de que sea por decisión propia.

«Igual que se premia a quien se jubila por encima de la edad legal, todo lo que sea hacerlo anteriormente tiene una penalización», resalta esta experta, que también es la directora del grupo de investigación Pensiones de la Uex. La reducción que experimentará la paga dependerá del tiempo que se adelante el retiro, del periodo cotizado, y del tipo de jubilación anticipada a la que se acoja el interesado. Lo que este elija en ese momento condicionará ya la mensualidad que va a recibir durante el resto de su jubilación.

En Extremadura hay alrededor de 5.500 pensionistas con prestaciones de jubilación pero que no han cumplido aún los 65. En concreto, con datos a noviembre pasado, son 5.554, de los que la mayor parte se mueven en el tramo que va de los 60 a los 64 años (5.273). 266 tienen entre 55 y 59 años, y 13 se encuentran en el segmento que discurre de los 50 a los 54 años. Los dos restantes cuentan con entre 45 y 49 años. Aunque la cifra ha ido creciendo progresivamente en los últimos años, sigue representando una parte muy pequeña del total de pensionistas.

No hay que confundir la jubilación anticipada con la denominada prejubilación, una figura legal que la Seguridad Social no reconoce y que responde a un pacto particular entre empresa y trabajador, por el que este recibe una determinada cantidad que complementa su prestación por desempleo hasta el momento en el que cumpla los requisitos para poder beneficiarse de la jubilación, ya sea la anticipada o la ordinaria.

INCENTIVAR EL RETIRO TARDÍO / Entre los trabajadores que han cumplido ya los 65, en cualquier caso, no solo están quienes se han visto obligados a retrasar su jubilación por la aplicación de la normativa. En los últimos años, desde el Estado se han ido adoptando medidas para incentivar la prolongación de la vida laboral de los trabajadores. Es lo que se denomina jubilación demorada. El beneficio para las arcas públicas es doble: por un lado, hay más ingresos por las cotizaciones; por otro, menos gastos en prestaciones

Se trata de una opción a la que pueden acogerse aquellos trabajadores que deseen aumentar la cuantía de su prestación, que mejora en un 2% de su base reguladora por cada año más completo de cotización, si se acumulan hasta 25 años; un 2,75% si ha contribuido a la Seguridad Social entre los 25 y los 37 años; y un 4% a partir de los 37 años. Siempre con limitaciones tanto de importes máximos como de edad, ya que a partir de los 70 años no hay posibilidad de acumular más cotización.

El otro perfil para el que esta opción puede ser atractiva, explica Domínguez, es el de aquellos profesionales con nóminas muy altas. Para ellos pasar a cobrar una pensión, aunque sea la máxima, supondrá una pérdida significativa de poder adquisitivo, por lo que les «puede interesar aguantar más años en el mercado laboral. Va a subir su pensión futura, y van a estar más años cotizando y, por lo tanto, teniendo mayores ingresos».

A algunos colectivos dentro del funcionariado se les ofrece la posibilidad de ejercer su actividad hasta los 70 años, si así lo desean voluntariamente y cuentan con el permiso del organismo correspondiente. Sucede así con los docentes universitarios, los jueces o los registradores de la propiedad, entre otros. La Consejería de Sanidad de la Junta también pretende que en su nuevo plan de recursos humanos se contemple la jubilación voluntaria de los médicos del Servicio Extremeño de Salud a los 70 años.

Existe otra alternativa para quienes quieran retrasar su retiro, que es la jubilación activa. Con esta fórmula se continua trabajando y, al mismo tiempo, se compatibiliza el sueldo con el cobro del 50% de la pensión de jubilación. Aquí, uno de los requisitos es haber cotizado los años suficientes como para optar al 100% del importe de la prestación.

A partir del 2027, el mínimo legal para jubilarse se situará ya en los 67 años. ¿Es probable que vuelva a cambiarse este tope? «Creo que los 67 se mantendrán. Tocar la edad de jubilación tiene un coste político muy alto», arguye esta profesora de la Uex, que recuerda cómo en Francia, donde un movimiento social contra la reforma de las pensiones de Emmanuel Macron ha acumulado varias semanas de paros, «se están aceptando muchas cosas, pero lo que más se está peleando es la edad. Pasa en todos los países». Además, apostilla, «está pendiente que se acabe de aplicar el factor de sostenibilidad, que va a tener en cuenta la esperanza de vida en el cálculo de la cuantía de la pensión». Un tipo de variación que, «aunque técnicamente casi te afecta más», «la gente lo mira menos que la edad».