Niños que padecen algún tipo de discapacidad física, psíquica o sensorial, con una enfermedad crónica, que tienen más de 6 años, que han vivido situaciones de desprotección más graves y presentan especiales problemas emocionales o que son grupos de hermanos. Son las situaciones más vulnerables y complejas a la hora de encontrar una solicitud de una familia adoptante. La gran mayoría pasa su infancia y adolescencia en centro de menores de la Junta, sin un núcleo familiar de referencia. Por ello, el nuevo decreto de adopción va a permitir que la edad máxima de diferencia entre el niño y el progenitor sea hasta de 50 años para estos casos concretos que presentan necesidades especiales.

Asimismo, en el proceso general, la edad para adoptar bebés se amplía de los 40 a los 45 años. Era esta una de las reivindicaciones de la Afadex (Asociación de Familias Adoptantes de Extremadura), ya que en la sociedad actual la maternidad y la paternidad llega a edades más tardías.

RECHAZO POR ETNIA O SEXO / Lo que no va a permitir el nuevo decreto es que las familias solicitantes rechacen menores con determinadas características físicas, raciales o étnicas o un sexo determinado.

En cuanto a los criterios de valoración para obtener la idoneidad, se tendrá en cuenta, por ejemplo, que en caso de infertilidad de alguno o ambos miembros de la familia adoptante, se demuestre que hay una vivencia madura y de aceptación de esta circunstancia para que no interfiera en la motivación para adoptar. R.S.R.