La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha anulado un decreto de la Consejería de Bienestar Social (cuando este departamento realizaba las funciones ahora asignadas a Sanidad) relativo a la reestructuración de los servicios de farmacia en Atención Primaria, en el que, además, se aprobaba la relación de puestos para el personal de la sanidad local.

El fallo judicial afecta directamente a 106 farmacéuticos, y, de manera indirecta, a otros 714 profesionales sanitarios, entre los que se encuentran médicos, veterinarios, enfermeros y matronas, todos ellos adscritos a centros de salud o ambulatorios.

El conflicto se remonta a 1997, cuando la consejería emitió un decreto por el que variaba la adscripción de los farmacéuticos. Hasta ese momento, los propios titulares de las farmacias, en virtud de una ley predemocrática, se ocupaban de las funciones de salud pública, como análisis de aguas potables o vigilancia y control de establecimientos de alimentación.

SIN DICTAMEN DEL CONSEJO Con el decreto, según explicó el presidente del Colegio de Farmacéuticos de Badajoz, Cecilio Venegas, quien previamente aclaró que no fue este organismo quien planteó la demanda, sino profesionales de manera individual, la consejería creó un cuerpo específico de boticarios asignados por zonas de salud y no por municipios y, además, con dedicación completa.

Esto supuso, en la práctica, que cada tres plazas a tiempo parcial del antiguo sistema fuesen sustituidas por una sola, si bien se respetaban los derechos de los titulares de las plazas aún en ejercicio. El problema surgió con los que ocupaban los puestos de manera interina, que plantearon una denuncia.

Aunque en primera instancia el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura rechazó el recurso, éste sí fue admitido por el Supremo, al considerar probado que la Junta eludió el trámite obligado de someter el decreto al Consejo de Estado. Por eso, y merced a la sentencia de 23 de marzo pasado, conocida ahora, el decreto, y la reestructuración de los servicios locales de farmacia, quedan sin efecto, y Sanidad tendrá que sacar un nuevo decreto. De rebote, el fallo afecta a médicos, veterinarios, enfermeros y matronas, cuya relación de puestos de trabajo se aprobaba en la misma disposición.