El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX) ha emitido recientemente más de 50 sentencias que anulan la liquidación provisional del Impuesto de Solares sin Edificar y Edificaciones Ruinosas por una "indebida aplicación retroactiva de la norma", según la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae).

El secretario y letrado de esta asociación en la región, Carlos Arjona, valoró estas sentencias contrarias a la Junta de Extremadura porque animarán a los consumidores a denunciar a las administraciones cuando se sientan perjudicados por ellas, ya que en la actualidad hay "mucho miedo" a hacerlo.

"El consumidor no lo sólo lo es respecto a las empresas, también los es respecto a las administraciones y, si se les pretende cobrar una cosa que no era justa, entendemos que la sentencia es bastante buena en ese sentido", indicó.

De hecho, cree que muchas personas no habrán recurrido la liquidación del impuesto y lo habrán pagado, con lo que no hay posibilidad de "marcha atrás".

Arjona reconoció que uno de los problemas a la hora de recurrir a la justicia son los gastos. Si en otros procedimientos las costas se le cargan al que pierde, "aquí, en este caso, cuando son materias de administración, no le imponen las costas a las administración, con lo cual cada uno tiene que pagarse su abogado y procurador".

En este sentido, y en lo referido al recurso contra la liquidación de este impuesto, cuantificó en más de 400 euros los gastos del procurador y en 1.000 los del abogado, con lo que el proceso le costará al propietario del solar un tercio, aproximadamente, de lo que se le pedía.