La asociación regional contra el ruido en Extremadura considera «suficiente» la ampliación de horario publicada este año por la Dirección General de Emergencias y Protección Civil y no entiende que los ayuntamientos soliciten más noches con ampliación de horario para el ocio nocturno.

En nota de prensa a tenor de las peticiones de ampliación de horario de los establecimientos de ocio nocturno, dicha asociación ha querido manifestar que siempre que se celebra una festividad o se realiza un concierto «aparece como un derecho consagrado» que los establecimientos de ocio nocturno tengan que prolongar su horario varias horas, «cuando su actividad económica carece de consagración legal alguna» según el Defensor del Pueblo.

«Resulta paradójico que, cuando asociaciones de ocio nocturno en España están haciendo un esfuerzo de transformación del sector con la aparición de «el tardeo» o el «afterwork», esto es, la ocupación de la tarde para tomar copas, en Extremadura se insista en caminar en sentido contrario», valora.

Con la solicitud de ampliación horaria, puntualiza, vulneran sentencias del TEDH de Estrasburgo, TC y TS, la Ley 37/2003 del Ruido, el RD 1367/2007 que la desarrolla y la Ley 7/2019 de espectáculos públicos de la Junta, «vulnerando asimismo los derechos fundamentales de los ciudadanos consagrados constitucionalmente» según el Defensor del Pueblo.