Según el anteproyecto, la norma tendrá una única excepción en el caso de aquellas informaciones cuya publicación afecte a la protección de datos de carácter personal, la defensa y la seguridad del Estado. Es decir, no se podrá acceder a la información en curso de elaboración o publicación general o la que requiere una previa reelaboración.

Las administraciones no son las únicas que manejan información pública. La norma incluye también otras entidades que prestan servicios públicos o ejerzan potestades administrativas como universidades o empresas de limpieza.

La respuesta a la solicitud se dará por escrito indicando la forma de acceder a la información. En caso de que se rechace el acceso a la misma se deberá indicar por qué.

Para resolver posibles discrepancias habrá un árbitro, que será la Agencia Española de Protección de Datos y desde ahora también de Acceso a la Información.